PARTE III
CONTROL SOCIAL, NEOLIBERALISMO Y DERECHO PENAL 
EN UN PAÍS DEL TERCER MUNDO: PERÚ


CAPITULO III
La Doctrina de Seguridad Nacional en el Perú
(1980-2000)

 

 

Algunas recomendaciones

1. Los decretos legislativos 25659, 25708, y sus complementarios, conexos, ampliatorios o modificatorios que tipifican el delito de Traición a la Patria y terrorismo son anticonstitucionales por cuanto violaron la Constitución peruana de 1980 y los múltiples convenios y tratados internaciones sobre derechos humanos, respecto al juzgamiento de civiles en el fuero militar, en una sociedad con un Estado de Derecho.

2. Los dispositivos legales para los delitos de terrorismo y Traición a la Patria, tal como estás redactados violan normas procesales y sustantivas de Derecho constitucional, penal, procesal penal, penitenciario, de derechos humanos, en general y los derechos fundamentales de la persona, las garantías de la administración de justicia y las garantías constitucionales, en lo particular, previstas en la Constitución de 1980 y los pactos y convenios internacionales de derechos humanos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos. Transgreden el derecho al juicio justo e imparcial.

3. Es urgente la democratización del Estado y del gobierno peruano, desarticulando de raíz las instituciones represivas y responsables de las violaciones de derechos humanos en los diez (10) años de la dictadura cívico-militar o el gobierno autoritario que formalmente presidió Alberto Fujimori Fujimori.

4. Que un gobierno fundado sobre bases democráticas o constitucionales tiene que diseñar una política pública que apunte a resolver los problemas históricos de la sociedad en su conjunto muy especialmente de la gran mayoría, dándoles a éstos acceso al poder político, social y económico, en condiciones equitativas mediante políticas de concertación.

5. Es de prioridad el regreso real a la constitucionalidad democrática, lo que supone un Estado de Derecho que garantice una separación y división de poderes, que imposibilite la arbitrariedad y el abuso del Estado contra sus ciudadanos individuales y se garanticen en la nueva constitución todos los derechos personales, garantías de la administración de justicia, garantías constitucionales, que preveía la Constitución de 1980 y las que contienen los convenios y pactos internacionales sobre derechos humanos.

6. El régimen democrático en un Estado de Derecho —a pesar de todas sus desviaciones y limitaciones— es un modelo que está en condiciones de servir a la vez a los valores políticos, económicos y funcionales de una sociedad desarrollada. Estamos convencidos que sólo sobre un régimen verdaderamente democrático puede construirse un eficaz Estado social.488 

7. Con este breve estudio crítico de este tipo de legislación excepcional y positiva en un país del Tercer Mundo hemos querido demostrar que el neoliberalismo tiene diferentes políticas (en todos los niveles de una sociedad), según se trate de sociedades desarrolladas o del Tercer Mundo, no obstante en éstas como en aquéllas el dogma de la libertad y sus derivados los derechos fundamentales, en la era del fundamentalismo neoliberal, están cediendo en beneficio de la seguridad del Estado y del ciudadano, que en las sociedades neoliberales, se equiparan, para justificar un Estado autoritario en oposición a un Estado de Derecho.
Soros, quien es uno de los cardenales del neoliberalismo, refiriéndose en esta ocasión de crisis del capitalismo global manifiesta:

el peligro no proviene del comunismo sino del fundamentalismo del mercado. El comunismo abolió el fundamentalismo del mercado e impuso el control colectivo sobre todas las actividades económicas. El fundamentalismo del mercado pretende abolir la toma de decisiones colectivas e imponer la supremacía de los valores del mercado sobre los valores políticos y sociales. Los dos extremos están equivocados. Lo que necesitamos es un equilibrio correcto entre la política y los mercados, entre la elaboración de las reglas y el acatamiento de las mismas.489 

Esta aseveración, producto del estudio del capitalismo salvaje en la era neoliberal, ha sido hecha por un neoliberal. Nosotros sólo hacemos una petición: Exigimos igualdad de trato entre los países desarrollados y los que no lo son; exigimos contratos voluntarios entre naciones soberanas y no contratos de adhesión (préstamos de los organismos financieros internacionales). Necesitamos que los países desarrollados comprendan que los países como Perú necesitan crecimiento con desarrollo y no como hasta ahora caretas o farsa de desarrollo.
8. El Perú tiene en la actualidad un gobierno transitorio. Sólo hay dos opciones viables: a) El continuismo autoritario y b) La transición hacia un real Estado democrático. 490 

La oportunidad está planteada, nos toca a los peruanos tener el temple y el coraje para hacerlo. Ése es el reto. Ése es el compromiso con la historia, sino ella se repetirá como farsa.

488
 
 

Nosotros compartimos esta aseveración de VALLESPIN OÑA, Fernando. “Política y Sociedad”. En Política y Sociedad. Volumen I, Madrid, Centro de Investigaciones Sociológicas. Centro de Estudios Constitucionales, estudios en homenaje a Francisco Murillo Ferral, p. 302, 1987. 

489 

SOROS, op. cit., p. 29.

490 

Cuando este libro esté en librerías tendremos un nuevo presidente electo, Alejandro Toledo.

 

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