
OFICINA DE INSPECTORÍA GENERAL
DEL PODER JUDICIAL
a) Naturaleza
La Oficina de Inspectoría General del
Poder Judicial, es el Órgano de Control Interno Posterior, que funciona de acuerdo a las
Normas del Sistema Nacional de Control D.L. Nº 26162 y Lineamientos de
Política del Titular del Pliego.
El artículo 108º de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, Decreto Legislativo Nº 767, establece: "La gestión
administrativa, económica y financiera del Poder Judicial, está sometida al Control de
la Oficina de Inspectoría General, de conformidad con las Normas del Sistema Nacional de
Control ".
Igualmente, el artículo 13º del
Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión
Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº
029-99-SE-TP-CME-PJ del 14 de Enero de 1999, señala: "La Inspectoría General es
el Organo de Control encargado de programar, conducir, ejecutar las actividades de control
posterior y auditoría gubernamental en el ámbito del Poder Judicial, de conformidad con
lo dispuesto en las Normas del Sistema Nacional de Control ".
b) Misión
La misión de la Oficina de Inspectoría
General consiste en la verificación periódica y permanente de la correcta, útil,
eficiente, económica y transparente utilización de los bienes y recursos públicos y la
evaluación de las funciones de los trabajadores administrativos del Poder Judicial, en
relación al cumplimiento de las normas legales y logro de las metas y objetivos
institucionales.
c) Organización
Dentro de la estructura orgánica del
Poder Judicial vigente, la Oficina de Inspectoría General, como Órgano de Control, se
encuentra ubicada dentro de la estructura de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión
Ejecutiva del Poder Judicial, creada por la Ley Nº 26546, sus modificatorias y
ampliatorias.
La Oficina de Inspectoría General
organizacionalmente depende del Titular del Pliego del Poder Judicial, ante quien reporta
de modo directo sus actividades y resultados. Funcionalmente es parte integrante del
Sistema Nacional de Control, cuyo ente rector y normativo es la Contraloría General de la
República, a quien simultáneamente alcanza los resultados de las acciones de control que
realiza.
Para el cumplimiento de sus funciones, la
Oficina de Inspectoría General, está organizada en dos (02) áreas técnicas y una (01)
de apoyo administrativo, tal como se aprecia en el Organigrama siguiente:
- El Área de Auditoría, es el que realiza las
acciones de Control programadas en el Plan Anual de Auditoría Gubernamental y las no
programadas solicitadas por el Titular del Pliego o las Gerencias, previa autorización
del Titular. Estas acciones de Control pueden ser: Auditorías Financieras, Auditorías de
Gestión, Auditorías Operativas y Exámenes Especiales.
- El Área de Quejas e Investigaciones, es el
encargado de investigar y verificar las quejas y reclamaciones presentadas contra el
personal administrativo del Poder Judicial, por incumplimiento de sus funciones, así como
procesar las faltas disciplinarias en que este personal incurre.
- El Área de Apoyo Administrativo, es el que realiza
la digitación de los informes de las acciones de control, la custodia de los archivos y
papeles de trabajo, la recepción de documentos y labores de apoyo secretarial (emisión
de oficios y memorandos).
d) Competencia
La Oficina de Inspectoría General como
órgano integrante del Sistema Nacional de Control, tiene competencia para realizar el
control gubernamental en los diferentes órganos y dependencias del Poder Judicial, en los
campos financiero, económico y administrativo. Su accionar, por lo tanto, comprende a las
Unidades Orgánicas siguientes:
- Corte Suprema de Justicia;
- Cortes Superiores de Justicia (25 a nivel nacional);
- Gerencia General, y
- Gerencia Central de la Reforma.
Las principales áreas de incidencia de
Control en las que tiene competencia para efectuar su labor fiscalizadora la Oficina de
Inspectoría General son:
Para verificar que las Unidades
Orgánicas del Poder Judicial, formulen, ejecuten y evalúen sus Planes Operativos, con el
propósito de medir el grado de cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.
Para cautelar que la adquisición de
bienes y servicios se realice con eficacia, eficiencia y economía, acatando las
disposiciones legales (Leyes de Presupuesto, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del
Estado) cautelando el funcionamiento y mantenimiento de un Sistema de Control Interno
sólido y adecuado (compras debidamente autorizadas, mantener los registros de Control al
día, realizar inventarios físicos de existencias, contar con la documentación
sustentatoria del gasto, etc.).
Para velar el cumplimiento de las normas
sobre Administración de Personal (selección, asistencia, puntualidad, permisos,
vacaciones, rendimiento, evaluación, aplicación de sanciones y multas, legajos de
personal actualizado, etc.) y de la correcta Administración Salarial (asignaciones,
bonificaciones, aumento de remuneraciones y pensiones, planillas firmadas, etc.).
Para verificar que la captación de
recursos y su aplicación, se enmarque dentro de los lineamientos dispuestos por las Normas
del Sistema de Tesorería y Presupuesto Público y que la ejecución del gasto se haga
dentro del marco de la disponibilidad presupuestal, acorde con los planes, programas,
objetivos y metas institucionales; así como realizar arqueos sorpresivos del Fondo para
Pagos en Efectivo y de Viáticos por comisiones de servicios, para cautelar el
cumplimiento de las Directivas pertinentes para su correcta aplicación y funcionamiento.
Con la finalidad de verificar que la
entidad cumpla con realizar el control financiero previo y concurrente, mantener los
libros y registros contables al día, tener la documentación sustentatoria debidamente
ordenada y completa, a fin de proporcionar información confiable y oportuna para la toma
de decisiones, requiriendo información de los órganos normativos externos y para fines
de la ejecución de auditorías internas y externas.
Para cautelar que la ejecución de los
estudios y obras sean ejecutadas de acuerdo a la normatividad vigente, con criterios de
eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honestidad.
e) Funciones
Entre las principales funciones que
realiza la Oficina de Inspectoría General, son:
- Formular y ejecutar el Plan Anual de Auditoría
Gubernamental, en base a los Lineamientos de Política que cada año dicta la Contraloría
General de la República como Órgano Superior y Rector del Sistema Nacional de Control y
los Lineamientos de Política dispuestos por el Titular del Pliego.
El Plan Anual de Auditoría
Gubernamental, es un instrumento necesario para ordenar la programación de las acciones
de control a realizar en la entidad, con el propósito de obtener que la Auditoría
Gubernamental genere un valor agregado que se traduzca en el mejoramiento de la
administración de la institución, a través de la implantación de medidas correctivas,
que coadyuven al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, en aras de una
oportuna, eficiente, transparente y justa Administración de Justicia.
- Elaborar y elevar los informes resultantes de las acciones
de control al Titular del Pliego y a la Contraloría General, presentando las
RECOMENDACIONES pertinentes para la adopción de las acciones correctivas por parte de las
áreas administrativas.
- Verificar el cumplimiento de las MEDIDAS CORRECTIVAS
adoptadas por las unidades administrativas, en base a las recomendaciones contenidas en
los informes de las acciones de Control, orientadas para la mejora de la gestión
administrativa.
- Cautelar y velar por el establecimiento, mantenimiento y
mejoramiento del SISTEMA DE CONTROL INTERNO DEL PODER JUDICIAL, con el propósito de
salvaguardar los activos, recursos y bienes de la Institución, así como que la
información financiera y administrativa sean confiables y oportunas.
- Realizar de oficio o por mandato del Titular del Pliego,
INSPECCIONES E INVESTIGACIONES sobre la conducta funcional de funcionarios y personal
administrativo del Poder Judicial.
- Procesar las QUEJAS Y RECLAMACIONES presentadas contra el
personal administrativo del Poder Judicial.
- Contribuir con la política de moralización y lucha
decisiva contra la corrupción en este Poder del Estado, a través de las diferentes
modalidades de acciones de Control que lleva a cabo la Inspectoría General, a fin de
fomentar la honestidad, probidad e integridad del Poder Judicial.
- Otras que le asigne el Secretario Ejecutivo de la
Comisión Ejecutiva y Titular del Pliego del Poder Judicial.
f) Relación con la Contraloría
General de la República.
La Oficina de Inspectoría General del
Poder Judicial, por formar parte integrante del Sistema Nacional de Control, mantiene
estrecha relación funcional con la Contraloría General de la República, por ser el
órgano rector y normativo del Sistema en mención.
El artículo 2º del Decreto Ley Nº
26162, Ley del Sistema Nacional de Control, establece que el Sistema está conformado por:
- La Contraloría General de la República;
- Auditoría del Poder Legislativo;
- Auditoría del Poder Judicial (Oficina de Inspectoría
General), y
- Auditorías Sectoriales del Poder Ejecutivo
";
y el artículo 3º señala las entidades públicas que están sujetas al Sistema Nacional
de Control, en cuyo inciso b) establece que comprende a las Unidades Administrativas del
Poder Judicial.
En este contexto, el accionar que
desarrolla la Oficina de Inspectoría General está normado por la Ley del Sistema
Nacional de Control (D.L.Nº 26162), los lineamientos de política y Directivas que
anualmente dicta la Contraloría General para la formulación, ejecución y evaluación
del Plan Anual de Auditoría Gubernamental y Seguimiento de Medidas Correctivas, las
Normas de Auditoría Gubernamental (NAGU), el Manual de Auditoría Gubernamental (MAGU),
las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público y las diversas Directivas
sobre Legalidad del Gasto, Información Presupuestaria, Licitaciones y Concursos,
Donaciones, Reglamento de Multas, Ética del Auditor Gubernamental, etc.
El Título IV "Órganos del Sistema
Nacional de Control" del Decreto Ley Nº 26162, en su artículo 19º establece las
atribuciones de la Contraloría General, las que están relacionadas directamente con el
quehacer funcional de la Oficina de Inspectoría General, las siguientes:
- Requerir a los Órganos de Control del Sistema, que
dispongan la realización de acciones de Control, auditorías u otros exámenes que a su
juicio sean necesarios ejercer en forma directa el Control externo posterior sobre
cualquiera de los actos o actividades administrativas que efectúa la entidad.
- Aprobar los planes y programas anuales de Control de las
entidades sujetas al Sistema.
- Velar por la adecuada implantación de los Órganos de
Control Interno del Sistema, proponiendo a las entidades el fortalecimiento de
dichos Órganos con personal calificado e infraestructura necesaria para el cumplimiento
de sus fines.
- Supervisar y garantizar el respeto y cumplimiento de las
observaciones, recomendaciones y sanciones que sean propuestos en los informes de control
emanados de los Órganos de Control Interno del Sistema.
- Establecer responsabilidad a los titulares de las
entidades sujetas al Sistema, que violen la INDEPENDENCIA de sus Órganos de Control.
- Exigir a los servidores y funcionarios públicos la plena
responsabilidad por sus actos en la función que desempeñan, determinando el tipo de
responsabilidad incurrida, sea administrativa, civil y/o penal y recomendando la adopción
de las acciones correctivas necesarias.
g) Logros Alcanzados
- Ha contribuido a la eficiente gestión institucional, a
través de la ejecución de Auditorías, Exámenes Especiales, Inspecciones e
Investigaciones, en los cuales se recomienda las acciones correctivas necesarias para el
cumplimiento de las Metas y Objetivos Institucionales. En el año 1998, se realizaron 33
acciones de control, y al 30 Junio de 1999, se han efectuado 8.
- Ha brindado apoyo a la Secretaría Ejecutiva en el
establecimiento, mantenimiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno del Poder
Judicial, con el propósito de salvaguardar los recursos y bienes de la Institución, la
razonabilidad y confiabilidad de los informes contables y administrativos.
- Ha informado sobre el grado de cumplimiento alcanzado por
las Cortes Superiores de Justicia de la República en la aplicación de las Resoluciones
Administrativas dictadas por el Órgano de Gobierno de la entidad, en el marco del proceso
de Reforma y Modernización del Poder Judicial.
- Ha emitido opinión sobre la razonabilidad de los Estados
Financieros y Presupuestarios correspondientes a los ejercicios 1997 y 1998, para fines de
la evaluación de la Cuenta General de la República de dichos ejercicios.
- Ha contribuido a mejorar las actividades de captación,
registro y control de los recursos propios; asimismo, ha evaluado e informado sobre la
gestión y operatividad de las Áreas de Logística e Imagen, y sobre aspectos
específicos relacionados a los Activos Fijos, Planillas y Contratos de Servicios del
Poder Judicial.
- Ha cautelado el cumplimiento de las disposiciones
establecidas en la Ley de Presupuesto y en las Directivas de la Contraloría General de la
República, sobre Licitaciones y Concursos Públicos, incineraciones, etc., a través de
la ejecución de las "Actividades Permanentes" programadas.
- Ha procesado el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral
4º del artículo 110º del Decreto Legislativo Nº 767, Ley Orgánica del Poder Judicial,
las quejas y reclamaciones que se presentan contra el personal administrativo. En 1998,
realizó 60 investigaciones que representa el 150% de lo programado, de los cuales 37
ameritan la apertura de procesos administrativos y 2 la aplicación de sanciones. Al 30 de
Junio de 1999, se han atendido 21 quejas e Investigaciones, de los cuales 14 ameritan
apertura de procesos administrativos.
h) Perspectivas
En el marco del proceso de modernización
del Estado, la Contraloría General de la República como órgano rector y normativo del
Sistema Nacional de Control, ha emprendido un sostenido proceso de planeamiento
estratégico para el período 1998-2003, uno de cuyos principales objetivos consiste en la
elevación de la calidad de la auditoría gubernamental, en apoyo del mejoramiento de la
gestión publica.
En este contexto, la Oficina de
Inspectoría General del Poder Judicial en la formulación del Plan Anual de Auditoría
Gubernamental para el año 2,000 esta asumiendo la responsabilidad de verificar mediante
auditorías de gestión, que los bienes y recursos asignados se apliquen adecuadamente en
relación con el cumplimiento de las metas y objetivos previstos e incidan en la calidad
del gasto público, constituyéndose de esta manera en una unidad técnica especializada,
que apoya la toma de decisiones a través de la formulación de recomendaciones viables
contenidas en los Informes de Auditoría.
Este nuevo enfoque permitirá incidir en
las transacciones u operaciones sustantivas de la razón de ser del Poder Judicial
(Administrar Justicia) y contribuirá al fortalecimiento de la administración y al
mejoramiento de su gestión en apoyo al Área Jurisdiccional, para impulsar que la calidad
de la Administración de Justicia sea eficiente, justa y oportuna.
i) Base Legal
Los principales criterios de auditoría o
normas que rige el accionar de la Oficina de Inspectoría General, como Organo de Control
Interno del Poder Judicial, son los siguientes:
- La Constitución Política del Estado
El artículos 82º establece: "La
Contraloría General de la República, es una entidad descentralizada de Derecho Público
que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica. Es el Órgano Superior del Sistema
Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado,
de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a
control ".
Ley del Sistema Nacional de Control D.L. Nº 26162
del 24 de Diciembre de 1992. Esta Ley regula el funcionamiento del Sistema Nacional de
Control, señala los órganos de control que integran el Sistema y las entidades públicas
que están comprendidas o sujetas al Sistema. Establece los principios y criterios de
control gubernamental y las atribuciones del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República.
- Decreto Legislativo Nº 767 Ley Orgánica del Poder
Judicial, artículo 108º.
- Ley Nº 26546 del 20 de Noviembre de 1995 Ley de
creación de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial.
- Ley Nº 27013 del 15 de Diciembre de 1998 Ley de
Presupuesto del Sector Público para 1999.
- Ley Nº 26703 del 9 de Diciembre 1996 Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado.
- Ley Nº 27011 De Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para 1999.
- Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado.
- Decreto Supremo Nº 039-98-PCM Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
- Resoluciones y Reglamentos
.
- Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG Normas de
Auditoría Gubernamental (NAGU).
- Resolución de Contraloría Nº 152-98-CG Manual de
Auditoría Gubernamental (MAGU).
- Resolución de Contraloría Nº 077-99-CG Código
de Ética del Auditor Gubernamental del Perú.
- Resolución de Contraloría Nº 078-99-CG
Lineamientos de Política para la formulación del Plan Anual de Auditoría Gubernamental
del año 2000 y Directiva Nº 06-99-CG/SDE-PLF Marco de Formulación, Ejecución y
Evaluación del Plan Anual de Auditoría Gubernamental y Seguimiento de Medidas
Correctivas.
- Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG Normas
Técnicas de Control Interno para el Sector Público.
- Resolución Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ del 14
de Enero de 1999 Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría
Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial artículos 13º y 14º.
- Resolución de Contraloría Nº 125-98-CG Directiva
Nº 006-98-CG/STE - Lineamientos para cautelar el adecuado procedimiento para el control
previo al pago de Presupuestos Adicionales de Obras.
- Resolución de Contraloría Nº 060-99-CG
Reglamento de Multas del 21 de Mayo de 1999.
- Resolución de Contraloría Nº 053-99-CG Directiva
Nº 003-99-CG/AT, Información sobre Contratación de Adquisiciones del Estado.
- Resolución Directoral Nº 044-98-EF/76.01 - Directiva Nº
01-99-EF/76.01 Aprobación, Ejecución y Control Presupuestario del Sector Público
para 1999.
- Resolución Directoral Nº 077-98-EF/77.15 - Directiva de
Tesorería para el Ejercicio Presupuestal de 1999.
- Resolución Directoral Nº 047-98-EF/76.01
Clasificadores y Maestro del Clasificador de Ingresos para el Año Fiscal 1999.
- Resolución Directoral Nº 004-99-EF/76.01, Directiva para
la Evaluación Presupuestaria Institucional del Sector Público para 1999.
- Resolución Ministerial Nº 801-81-EFC/76 del 17 de
Setiembre de 1981 Normas del Sistema Administrativo de Contabilidad.
- Resolución Directral Nº 026-80-EFC/77.15 de 06.MAY.80
Normas Generales del Sistema de Tesorería y su ampliatoria, aprobada con R.D.Nº
008-89-EF/77.15 de 12.ENE.89.
- Resolución Jefatural Nº 118-80-INAP/DNA del 25 Julio de
1980 Normas Generales del Sistema de Abastecimiento.
- Resolución Jefatural Nº 052-80-INAP/DNP del 21 de Marzo
de 1980 Normas Generales del Sistema de Personal.
- Resolución Nº 039-98/SBN Reglamento para el
Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado.
- Resolución Jefatural Nº 335-90-INAP/DNA Manual de
Administración de Almacenes para el Sector Público Nacional.
- Resolución Administrativa Nº 148-99-SE-TP-CME-PJ
Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial.
- Resolución Administrativa Nº 336-99-SE-TP-CME-PJ
Manual de Organización y Funciones de la Gerencia Central de la Reforma del Poder
Judicial.
|