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CENTROS JUVENILES
ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y COMPETENCIA Mediante el Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción la Mujer y del Desarrollo Humano, de fecha 25 de Octubre de 1996, se transfiere a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, las funciones relacionadas con la rehabilitación para la reinserción en la sociedad de los adolescentes infractores de la ley penal, es decir, aquellos que cumplen una medida socio-educativa en libertad o privativa de tal. Es así que se crea la Gerencia de Operaciones de Centros Juveniles como Órgano de Línea de la Gerencia General de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial el 25 de Noviembre de 1996. Desde entonces y como parte del proceso de Reforma del Poder Judicial, la Gerencia de Operaciones asumió el reto de dar un viraje radical al tratamiento de los adolescentes, coherente con las normas internacionales y nacionales vigentes sobre Administración de Justicia a menores de edad, tendientes a la promoción y mantenimiento de la Paz con Justicia Social, para lo cual se desarrollaron una serie de estrategias de intervención con miras a elevar la calidad del servicio y brindar una posibilidad de cambio en base a un trabajo técnico planificado.
OBJETIVOS La Gerencia de Operaciones tiene como principal objetivo institucional y compromiso social, rehabilitar al adolescente infractor, favoreciendo de esta manera, una reinserción social efectiva, es decir, en mejores condiciones. Para ello, se elaboró y se aprobó el Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor, mediante Resolución Administrativa N° 539-CME-PJ del 1º de Diciembre de 1997, documento técnico jurídico especializado en el tratamiento del adolescente infractor, representando un hito en la historia judicial del país, el cual comprende una serie de programas, métodos, técnicas e instrumentos de carácter eminentemente educativo, acorde con las leyes y normas compatibles con los derechos humanos. Nuestro Sistema se basa en los nobles postulados de las normas internacionales y nacionales como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Ryad), Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad, las Reglas Mínimas Uniformes de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing), la Constitución Política del Estado y el Código de los Niños y Adolescentes. La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución 44/25, del 20 de Noviembre de 1989, entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad y reconoce sus derechos y asistencia especiales para el logro de su bienestar. En toda acción o medida que se tome en relación a ellos, se considerará el interés superior del niño, debiendo ser escuchado y su opinión tomada en cuenta. Todo niño que sea privado de libertad deberá ser tratado con dignidad y humanidad, teniendo en cuenta las necesidades de las personas de su edad y se promoverá su reintegración social. La prisión se llevará a cabo conforme a ley, como último recurso y por el más breve plazo. Las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Ryad), adoptadas y proclamadas por la Asamblea General en su Resolución 45/112, del 14 de Diciembre de 1990, comprometen a los estados miembros a desarrollar políticas de prevención de la delincuencia juvenil, prestando especial atención a la aplicación de programas que favorezcan la socialización e integración de los niños a través de la familia, la educación, los medios de comunicación, la comunidad, la formación profesional y el medio laboral. La familia, entendida como la unidad central encargada de la integración social primaria del niño, es considerada de elevada prioridad en las políticas de prevención, debiendo asegurar un ambiente familiar de estabilidad y bienestar. Todos los niños deben tener acceso a la educación, fomentando el desarrollo de valores fundamentales, la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física. La comunidad participa activamente en los programas preventivos destinados a niños, de acuerdo a las necesidades e intereses de estos y sus familias. Las Directrices de Ryad indican que sólo deberá recluirse a los jóvenes en instituciones como último recurso y por el período mínimo necesario, y se dará suma importancia a sus intereses. Las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), adoptadas por la Asamblea General en su Resolución 40/33, del 29 de Noviembre de 1985, considera menor delincuente a todo niño o joven al que se ha imputado la comisión de un delito o se le ha considerado culpable de la comisión de un delito. La edad mínima a efectos de responsabilidad penal no debe ser en edad tan temprana que no le permita discernir o comprender la realidad a cabalidad. El objetivo de la Justicia de menores es lograr su bienestar, priorizando, siempre que sea posible, las medidas en libertad que las privativas de tal. La privación de la libertad se utilizará como último recurso, por actos considerados graves y durante el plazo más breve posible, período durante el cual los menores recibirán atención y protección integral de acuerdo a las necesidades propias de su edad. El Código de los Niños y Adolescentes (Decreto Ley N° 26102) toma en cuenta los principios y las disposiciones de la Constitución Política del Estado, de la Convención sobre los Derechos del Niño y los demás Convenios Internacionales ratificados por el Perú. Es así que el niño y el adolescente son considerados como SUJETOS DE DERECHOS Y PROTECCIÓN, en su condición de persona en desarrollo, con un conjunto de necesidades afectivas, educativas, de salud, etc., y potencialidades de desarrollo personal y social. Dentro de esta perspectiva, la modificación de conducta del adolescente infractor sólo podrá lograrse si se le brinda la oportunidad de ser reconocido como persona humana, como sujeto de Derecho, con dignidad, sensibilidad, ávido de afecto y protección con capacidad y potencialidades susceptibles de ser desarrolladas. El Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor se basa en los siguientes principios: La razón, aplicada como pilar en el tratamiento del adolescente infractor y obtener, mediante ella, una legítima decisión por el cambio de actitud a través del conocimiento. A través de la religión, cultivar y desarrollar la fe en Dios, el perdón, la reconciliación consigo mismo y con los demás, la esperanza, la adquisición de valores espirituales y convicciones morales. Finalmente, la amabilidad; es decir, la disposición y la actitud hacia el buen trato, así como el interés constante por lograr una verdadera rehabilitación del adolescente infractor que le garantice una reinserción exitosa en la sociedad. La estrategias de intervención para posibilitar la mejor aplicación de nuestros principios, son las siguientes:
Todo ello, conlleva a la necesidad de adecuar la infraestructura, a fin de que favorezca una actitud de vida en comunidad, para lo cual la Gerencia de Operaciones de Centros Juveniles del Poder Judicial, ha diseñado el "Proyecto Génesis", el cual ha sido aprobado con Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 413-98-SE-TP-CME-PJ, de fecha 7 de Octubre de 1998, que permitirá la remodelación y construcción de Centros Juveniles de Tipo Cerrado y de Tipo Abierto a nivel nacional con modernas estructuras de estilo familiar. Como hemos visto, el Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor, plantea el cambio estructural mediante un conjunto de programas graduales, secuenciales e integrados que actúan en forma evolutiva sobre el adolescente hasta conseguir el autogobierno como expresión de su readaptación. A continuación veremos en qué consiste cada programa:
PROGRAMA I: ACERCAMIENTO Y PERSUASIÓN El adolescente que ingresa al Centro Juvenil iniciará su rehabilitación social en este Programa. El propósito fundamental es que el Educador Social establezca un acercamiento natural hacia el adolescente, fomentando el contacto afectivo, la confianza y respeto mutuos, siendo el agente facilitador en el proceso de reflexión, convencimiento, compromiso y preparación para aceptar en condiciones favorables un proceso educativo destinado a un cambio personal, así como a una formación ocupacional. A través de las sesiones de grupo se desarrollan temas de interés que promuevan actitudes positivas hacia el cambio y la reflexión en un clima de confianza y libre participación y se evalúan y refuerzan los logros, comprometiéndolos a participar en las actividades diarias mediante los encuentros matinales dirigidos. En esta etapa, se evalúa al adolescente en forma integral y se evacua el Informe Multidisciplinario. Es importante el acercamiento a la familia con el fin de comprometerla en el proceso educativo de sus hijos mediante visitas domiciliarias y participación en la Escuela de Padres. El procedimiento de Bienvenida al Adolescente tiene vital importancia, puesto que será la primera impresión de nosotros y de nuestro trabajo. Debemos recibirlo amablemente, realizando un recorrido por las instalaciones, ubicándolo en el ambiente que le corresponde y presentándolo a los demás trabajadores y a sus pares por su nombre. El acompañamiento en las actividades que realice, la labor de consejería y la supervisión deben ser constantes. Las actividades programadas están dirigidas hacia la estructuración de tiempos y espacios, desarrollo de hábitos de higiene y alimentación adecuados, disciplina, así como un buen uso del tiempo libre. En este Programa se desarrollan talleres formativos básicos de contenido terapéutico, como musicoterapia, manualidades, dibujo y pintura, teatro, etc. El adolescente que ingresa por primera vez a un Centro Juvenil se encuentra angustiado por su situación jurídica y presenta temores relacionados con el internamiento, teniendo en cuenta que se le ha apartado de su ambiente familiar y social en el cual se desenvolvía con seguridad. Por tanto, pueden desarrollar los siguientes síntomas: a) Depresión, es decir, tenderá al llanto, aislamiento y tristeza; b) Agresividad, mostrándose a la defensiva, enfrentándose a sus compañeros y a la autoridad, y c) Ansiedad, observándose intranquilo e hiperactivo. En estos casos, se debe brindar seguridad emocional (apoyo afectivo), información veraz y oportuna, consejería psicológica y otros. La adaptación a su nuevo ambiente será progresiva y en breve plazo, dependiendo de la capacidad de empatía del educador, el grado de madurez del adolescente y de que se le brinde la oportunidad de participar en actividades motivadoras e integradoras.
PROGRAMA II: FORMACIÓN PERSONAL Una vez logrados los objetivos del Programa I, el adolescente se incorpora a un proceso educativo que comprende la adquisición y desarrollo de valores inherentes al desarrollo personal, cambio de actitudes hacia la autoridad, su familia y la sociedad, desarrollo de hábitos adecuados de comportamiento y de potencialidades; mediante un conjunto de técnicas de intervención:
En el presente Programa se lleva a cabo un conjunto de actividades sistematizadas como deportes al aire libre, juegos de mesa, talleres formativos y ocupacionales, entre otros. Es importante que la familia participe activamente en la escuela de padres, que conozca el sistema de trabajo y esté al tanto del progreso de su hijo, participando en aquellas actividades a las que sean invitados inclusive fuera de los días de visita, como campeonatos deportivos, ginkanas, etc.
PROGRAMA III: FORMACIÓN LABORAL Una vez que el adolescente ha avanzado significativamente en su proceso educativo, se incorpora en el presente Programa, que a diferencia de los dos programas anteriores, tiene un carácter semi-abierto. Es así que el adolescente se incorpora a un proceso de capacitación técnico-ocupacional sin descuidar su formación y desarrollo personal. El objetivo del presente Programa es que el adolescente desarrolle destrezas y habilidades en una ocupación específica que le permita competir en igualdad de condiciones en un mercado laboral cada vez más especializado y exigente. La instrucción es impartida por profesores calificados en los talleres ocupacionales que el Centro Juvenil ofrece o a través de convenios con instituciones que brinden capacitación ocupacional dentro o fuera de sus instalaciones. Se fomenta la producción, el ahorro y el desarrollo de microempresas. En forma paralela, se refuerzan los logros mediante los Módulos Educativos y reuniones de grupo, además de continuar su educación escolarizada. La familia está siendo preparada para recibir al adolescente, a su egreso, en un ambiente familiar de acogida, armonía y afecto.
PROGRAMA IV: ATENCIÓN FAMILIAR Programa dirigido a los padres de familia y/o tutores de los adolescentes. Su propósito fundamental es comprometer activamente a los padres en el proceso educativo de sus hijos, para reforzar y mejorar las relaciones familiares. Su accionar se realiza en forma articulada con todos los demás programas a desarrollar en Centros Juveniles de tipo cerrado y de tipo abierto y comprende lo siguiente:
PROGRAMA V: RESIDENTADO JUVENIL Programa de modalidad abierta y voluntario, dirigido a aquel adolescente egresado del Sistema, que no tiene opción de integrarse a su grupo familiar. Así, el adolescente convive en una casa-hogar con otros compañeros en similar situación, compartiendo vivencias y responsabilidades, bajo el cuidado y orientación de una familia colaboradora del Sistema o tutor. En esta etapa, el adolescente debe haber alcanzado independencia y niveles adecuados de adaptación a la vida social y productiva en la sociedad.
PROGRAMAS COMPLEMENTARIOS: Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) Programas de modalidad abierta dirigidos a adolescentes de ambos sexos sujetos a medida socioeducativa de libertad asistida y Régimen de Semi-libertad. El trabajo que se realiza es de carácter preventivo promocional, el cual ofrece una serie de actividades articuladas de formación personal y ocupacional a los adolescentes, así como orientación a la familia a través de la Escuela de Padres y la activa participación de la comunidad en este proceso. Dichos programas se desarrollan en Centros Juveniles de tipo abierto (actualmente en el SOA Rímac), cumpliendo una serie de actividades durante el día, para luego retornar a sus hogares, asistir a la escuela o trabajo.
Programa de Atencion Intensiva Atención en modalidad cerrada, dirigido a aquellos adolescentes con problemas conductuales severos y resistentes a aceptar propuestas de cambio en base a un proceso educativo. Es, por tanto, indispensable brindar una atención intensiva que implique especial cuidado en la seguridad, la disciplina y modificación de conductas inadecuadas, orientación y consejería psico-social permanente, así como un acercamiento individualizado.
Programa Madre María Programa dirigido a aquellas adolescentes infractoras con medida de internación, que se encuentran en proceso de gestación, madres e hijos. Aquí las futuras madres, las madres y sus hijos reciben atención integral en salud y educación, así como capacitación en técnicas de estimulación temprana. Las adolescentes madres se van integrando a las actividades de los demás programas de acuerdo a sus necesidades y motivaciones.
Programa Huellas en la Arena Programa dirigido a los adolescentes egresados, con la finalidad de realizar seguimiento, asistir, atender psicológicamente, espiritualmente y promocionar una reinserción efectiva al núcleo familiar y social a través de actividades integradoras.
LOGROS ALCANZADOS Dentro de los logros más significativos de la Gerencia de Operaciones de Centros Juveniles, podemos puntualizar los siguientes:
PERSPECTIVAS Nuestras perspectivas en relación al difícil pero fascinante trabajo readaptativo, son las siguientes:
BASE LEGAL
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