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SEMINARIO-FÓRUM "SISTEMA JUDICIAL PERUANO Y DERECHOS HUMANOS" ORGANIZADO POR EL INSTITUTO DE PROMOCIÓN APLICADA AL DESARROLLO INTEGRAL (IPADI) TEMA : ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA LA CONVIVENCIA EN PAZ SOCIAL
Señoras y señores : "La potestad de Administrar Justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las Leyes"; reza así el Principio de Unidad y Exclusividad de la Función Jurisdiccional; no existiendo otra, con excepción de la Militar y Arbitral. El Poder Judicial, está integrado por los órganos jurisdiccionales que Administran Justicia a nombre de la Nación: Juzgados de Paz Letrados, Jueces Especializados y Mixtos, Salas Superiores Especializadas y Mixtas y Corte Suprema de Justicia de la República; y por los órganos que ejercen su Gobierno y Administración; en este sentido, constituye máxima instancia en lo jurisdiccional la Corte Suprema de Justicia de la República; y máxima instancia de gobierno y administración, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, conformada por cuatro miembros presididos por el Presidente de la Corte Suprema e integrada por dos Vocales Supremos Presidentes de la Sala Penal y de la Sala Constitucional y Social y un Secretario Ejecutivo, con rango de Vocal Supremo y calidad de Titular del Pliego. Esta potestad de Administrar Justicia que el pueblo, (conjunto de hombres que tiene una común tradición, cultura, héroes y sentimientos) le confiere al Poder Judicial, no es un capricho del legislador o un sueño del filósofo; sino que obedece a un status humano donde para la convivencia en paz social, se precisa de un mecanismo de coerción que ampare los derechos reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico y los derechos de la persona humana, como parte de su dignidad y esencia intrínseca por el hecho de ser hombre. Para ello, se han creado dos mecanismos de control: uno ordinario, ejercido por todos los Jueces y Tribunales de nuestro país y otro extraordinario que consiste en una Justicia especializada, que se encarga de conocer las acciones de garantía, en resguardo y respeto de los derechos fundamentales; caso de las acciones de amparo, hábeas corpus, hábeas data y acción popular. Siempre se creyó que el problema del Sistema Judicial para la convivencia en Paz Social, consistía en: preservar la paz social y en la tutela de los bienes jurídicos de personas, propiedad, integridad física, disposición de bienes, entre otros. Para efectos de una estrecha vinculación entre la Convivencia en Paz Social y los Derechos Humanos, hay tres aspectos básicos que considero son fundamentales para el irrestricto respeto de los derechos esenciales: el Acceso a la Justicia, el cumplimiento de los plazos y la predecibilidad de la Justicia. En primer término, el Acceso a la Justicia que puede ser entendido:
A pesar de que uno de los sustentos del derecho moderno es que el Estado provea de un sistema de solución de conflictos, el acceso a este sistema ha sido uno de los principales problemas, ya sea por barreras de orden:
En segundo término, la falta del cumplimiento de los plazos, genera un clima de insatisfacción; puesto que siendo las normas de orden público y con mandato imperativo "erga omnes", no había celeridad ni eficacia; y, lo que es más, no sólo afectaba al orden público, sino, a los derechos fundamentales como la libertad, la libre circulación, la integridad física, etc. En tercer lugar, la Justicia Previsible. Se criticó mucho la falta de previsibilidad de los fallos judiciales, la falta de coherencia de criterios de transparencia en las decisiones judiciales y el control de la judicatura para lograr uniformidad de criterio y contenido de Resoluciones Judiciales; la transparencia en la toma de decisiones, para que exista certeza en la ciudadanía de que ante circunstancias similares se obtenga el mismo resultado. La sociedad y los abogados requieren de esta transparencia. Por lo tanto, constituye un derecho humano la solución de un conflicto para la convivencia en paz social; pero no solución por solución, sino, que sea una SOLUCION EFICAZ. Por ello, el Proceso de Modernización en el que se halla empeñado este Poder del Estado, consciente de que la sociedad necesita un Poder Judicial eficiente, justo y honesto para garantizar la convivencia en Paz Social, está desarrollando un conjunto de proyectos en busca de lograr erradicar los tres puntos vulnerables antes criticados. Hoy estamos en vía de solucionarlos, con alternativas viables e innovadoras que, incluso internacionalmente, nos ponen a la altura de tener uno de los mejores sistemas judiciales de América Latina.
1.- ACCESO A LA JUSTICIA Frente a esta problemática, el proceso de Modernización del Poder Judicial está realizando actividades orientadas a reducir las barreras ya identificadas, como sociales, geográficas y/o económicas; a fin de que el conjunto de la población cuente con un sistema judicial accesible. Están entre los logros más importantes: 1.1. Salas y Juzgados Itinerantes.- En virtud de una propuesta formulada por los propios Magistrados, se creó el sistema de Salas y Juzgados Itinerantes, a fin de facilitar el acceso a la Administración de Justicia. Este sistema consiste en el desplazamiento de los Magistrados de las Cortes Superiores de Justicia hacia las sedes de los Juzgados, a fin de resolver in situ las apelaciones de los litigantes. El propósito es evitar el traslado de los litigantes a las sedes de las Cortes Superiores de Justicia, que por lo general están ubicadas en la capital del departamento, a fin de evitarles mayores gastos. Actualmente, el sistema ha sido implementado en los Distritos Judiciales de Ica, Arequipa, Cusco, San Martín y Cajamarca. Los Juzgados Itinerantes funcionan de manera similar; los Jueces se desplazan a los distritos y caseríos de su ámbito geográfico. Los Jueces no sólo resuelven las apelaciones, sino que también admiten demandas y denuncias. En atención a los buenos resultados obtenidos, se está evaluando la posibilidad de ampliación de los Juzgados y Salas Itinerantes a nivel nacional. 1.2. Módulos Básicos de Justicia.- Con la implantación de los Módulos Básicos de Justicia, se solucionará, en parte, el problema de las barreras geográficas de Acceso a la Justicia. La persona que ha sufrido agresión contra sus derechos tiene que pasar por varias instituciones judiciales, unas muy distantes de las otras, para poder empezar una acción judicial. Los esfuerzos aislados que realizaban estas instituciones no garantizaban el acceso a las dependencias. Por ejemplo: el Poder Judicial estaba presente a través del Juzgado en una localidad, pero para poder interponer la acción, el agraviado debía recurrir al Abogado de Oficio o al Consultorio Jurídico Gratuito que queda en otra localidad, luego a la Comisaría, de ser el caso, al Médico Legista que está muy distante, al Fiscal Provincial y al Juez que sí podía encontrarse en la localidad. Para evitar esos costosos y enojosos desplazamientos de los litigantes, se ha diseñado y se están construyendo Módulos Básicos de Justicia, ubicados en distintas localidades del país, preferentemente en zonas urbano-marginales y de frontera, donde existen problemas de transporte. Este proyecto obtuvo el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, para la edificación de 83 Módulos Básicos de Justicia, con la posibilidad de conseguir posteriormente financiamiento adicional, para edificar una mayor cantidad de Módulos en las localidades del país que más lo requieran. 1.3. Defensoría de Oficio.- Tiene el propósito de salvar la barrera de falta de recursos económicos y ayudar a las personas que no disponen de Abogado, para que las pueda patrocinar en los procesos judiciales que les promuevan. El Poder Judicial apoya al Ministerio de Justicia, para que éste incremente el número de Defensores de Oficio a nivel nacional. Así, de 50 Defensores de Oficio que existían en 1996, han aumentado a 159 en 1998. Según reciente información proporcionada por la Ministra de Justicia, doctora Carlota Valenzuela de Puelles, este año el número se incrementará a 210; y ampliará la defensa a civiles en procesos del Fuero Privativo Militar.
2.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS, CELERIDAD EN LOS PROCESOS Y DESCARGA PROCESAL El Sistema Judicial Peruano, al igual que el de la mayoría de los sistemas latinoamericanos, desde la época de la Colonia, tenía una estructura piramidal, con procedimientos y esquemas rígidos, que no distinguían las funciones jurisdiccionales de las administrativas; sistema que se ha conservado hasta antes del proceso de la Reforma; cuando en concordancia con el espíritu de la norma constitucional, se ha conseguido a través del "NUEVO MODELO DE DESPACHO JUDICIAL", separar, básicamente, las funciones jurisdiccionales de las administrativas, logrando que el Magistrado no distraiga su elevada función en cuestiones administrativas, sino que dedique todo su tiempo a la solución de conflictos. Para garantizar este derecho de celeridad, lo primero que se hizo en el proceso de Reforma fue empezar a diseñar un nuevo Despacho Judicial, en el cual se uniformaron y redujeron procesos, impulsándose una reingeniería de procesos y la aplicación de los conceptos de calidad total y excelencia en el trabajo. 2.1. Creación e implantación de un nuevo Despacho Judicial. El nuevo Despacho Judicial al que denominamos "MÓDULO CORPORATIVO", se basa en una concepción organizativa, que consiste en reunir en una sola sede todo lo relacionado a la atención y trámite de los expedientes judiciales. Se sustenta en tres principios básicos:
2.2. Aumento de la Productividad.- Gracias a la implantación del nuevo Despacho, la productividad de los Magistrados ha aumentado significativamente:
2.3. Descarga Procesal.- Para la implantación del nuevo modelo del Despacho, fue necesario impulsar, también, un proceso de descarga procesal a nivel nacional. Este programa consistió en la creación de numerosas Salas y Juzgados Transitorios, a fin de resolver más de 100,000 expedientes que se encontraban acumulados a diciembre de 1995. Muchos de esos expedientes tenían una duración de 25 y hasta 30 años. De ese total de expedientes, hoy sólo quedan aproximadamente 2,000 expedientes. 2.4. Juzgamiento de Reos en Cárcel.- Otro avance del Proceso de Reforma y Modernización del Poder Judicial, es el juzgamiento de reos en cárcel. Ahora, son los Magistrados los que se desplazan a los centros de reclusión, a realizar las diligencias necesarias para el juzgamiento de los procesados, y ya no son estos los que se trasladan a las sedes judiciales; lo que constituía un atropello a la dignidad de la persona, y por ende, la vulneración de un derecho fundamental. Otras importantes ventajas del Juzgamiento de Reos en Cárcel son:
Para el funcionamiento de Juzgados y Salas en los Centros de Reclusión, ha sido necesario dotarlos de mobiliario y equipo necesario para su operatividad, estando aún pendiente asignar una infraestructura adecuada a muchas Salas y Juzgados. En el caso del Penal de Tacna, por ejemplo, en el que a la fecha existen 350 internos, la Sala de Audiencias viene funcionando al interior del penal; sin embargo, el público no tiene acceso. La Secretaría Ejecutiva, a través de su órgano, Proyecto Operativo Integrado Reos en Cárcel, tiene proyectada para el presente año, la edificación de una Sala de Audiencias a la que pueda ingresar el público, con lo que se cumplirá el principio de publicidad de los procesos. 2.5. Informatización de Salas y Juzgados.- La adquisición de equipos de cómputo ha estado enmarcada en el logro de modificar procesos, usos y costumbres, a fin de mejorar el servicio a los usuarios del sistema, y con la ayuda de equipos informáticos mejorar la celeridad en los procesos. Se han realizado importantes esfuerzos para dotar a los Distritos Judiciales de los equipos de cómputo necesarios, estimando en 1998, la adquisición de un total de 4,072 computadoras. Esta cifra es insuficiente; por lo que se considera necesario duplicar la misma para atender adecuadamente, y de manera descentralizada, esta imperiosa necesidad de modernidad. 2.6. Nuevo Tratamiento a los Adolescentes Infractores.- Dentro del Proceso de Modernización, un logro importante ha sido reformar totalmente los Centros Juveniles, en los que están presentes los adolescentes infractores. Gracias a que el Poder Judicial asumió el control de los Centros Juveniles, a partir de Octubre de 1996, se han producido cambios trascendentales. Una de las labores más importantes fue pacificar los Centros Juveniles, particularmente el de Lima, donde reinaba el desorden, la indisciplina, el maltrato y la delincuencia. Se inició el cambio, recuperando el orden y aplicando sistemas con programas que permitan la verdadera readaptación de los jóvenes infractores, para su reinserción en la sociedad. Los medios utilizados son los siguientes:
A través de esta capacitación, se dota al joven infractor de los medios que le permitan acceder al mercado laboral. Esta formación se complementa con actividades tales como: música, danza, gimnasia, teatro, jardinería, natación y, en general, disciplinas deportivas que coadyuven a su rehabilitación. Los sistemas de rehabilitación que se están aplicando, se sitúan en medio cerrado o en medio abierto. En cada uno de ellos se utiliza los programas más convenientes, a los cuales, genéricamente, se denomina Servicio de Orientación al Adolescente (SOA). Gracias a ello, finalmente, se está cumpliendo con lo dispuesto por el Art. 139º, inc. 21º de la Constitución Política del Estado, sobre el derecho de los reclusos y sentenciados de ocupar establecimientos adecuados. 2.7. Desjudicialización de Conflictos.- En virtud a la dación de la Ley Nº 26662, se dispuso la remisión de gran parte de los procesos no contenciosos a los Notarios, con lo que además de producirse una descarga procesal, se ha acelerado los plazos de resolución de los mismos. 2.8. Promoción de vías alternativas de solución de conflictos.- Las vías alternativas de solución de conflictos, constituyen el mecanismo más importante de restablecimiento de la Paz Social en nuestra sociedad, por las características de su funcionamiento. En la conciliación, la mediación o la negociación, no hay ganador ni perdedor, pues, son las partes las que solas, o con la ayuda de un tercero, han arribado a la consecuencia deseada. En nuestro país, una de las instancias judiciales que ha venido utilizando de manera permanente la conciliación, como fórmula para solucionar los conflictos entre los particulares, es la Justicia de Paz; alcanzando logros importantes y poco conocidos. A la fecha, existen alrededor de 4,500 Jueces de Paz a nivel nacional, casi tres veces más que todos los demás Jueces del Poder Judicial. Esta institución ha sido retomada en Colombia y Venezuela, al ver los logros alcanzados por la Justicia de Paz Peruana. En los últimos años, se ha venido impulsando en el país los mecanismos alternativos de resolución de disputas, que los podemos encontrar en la dación de la nueva Ley de Conciliación, y con la promoción que se viene dando por parte del Ministerio de Justicia, para la creación de Centros de Conciliación a nivel nacional. A la fecha, el Ministerio de Justicia tiene 426 Conciliadores acreditados.
3.- UNIFORMIDAD DE CRITERIOS Y TRANSPARENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 3.1. Impulso a la Uniformación de Criterios Jurisdiccionales.- Con la realización de Plenos Jurisdiccionales Nacionales, en materias Civil, Penal, de Familia y Laboral, en los que se ha congregado a por lo menos dos Vocales representantes de cada uno de los 25 Distritos Judiciales, se ha logrado establecer acuerdos en temas en los que existían discrepancias entre las distintas Salas. Con esta actividad, se pretende reducir el problema de la falta de consistencia de las resoluciones y de la total impredecibilidad de las decisiones judiciales, buscando uniformar criterios jurisdiccionales. La realización de estos Plenos, cumple los cuatro objetivos básicos del Proceso de la Reforma. LA MORALIZACIÓN, al crear una doctrina jurisprudencial donde el Magistrado está vinculado a ella y su alejamiento requiere de una decisión motivada suficiente como para apartarse de la corriente, lográndose, de este modo, un procedimiento de control, cuando esto ocurriese. LA DESCENTRALIZACIÓN, al ejecutarse estas actividades al interior del país, congregando a los representantes de los 25 Distritos Judiciales y alcanzando su difusión a todos los Magistrados. LA CAPACITACIÓN, porque se cuenta con especialistas en la materia como expositores externos y, sobre todo, la capacitación del Magistrado por el Magistrado, pues, son ellos los expositores. LA MODERNIZACIÓN, puesto que se introduce en nuestro Sistema Judicial la práctica de la jurisprudencia y el empleo de recursos tecnológicos, principalmente de computación. 3.2. Mejora del Sistema de Control de Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales.- La Oficina de Control de la Magistratura-OCMA está combatiendo internamente el grave problema de corrupción que aqueja al Poder Judicial. La OCMA, desarrolla una importante labor de prevención, sin dejar de lado su labor de control. Para facilitar su función se crearon las ODICMAS (Oficinas Distritales de Control de la Magistratura), con las que se viene realizando una labor más fructífera en cada una de las Cortes Superiores de Justicia de la República. Debe señalarse que, gracias al importante apoyo recibido por litigantes y abogados, la OCMA durante 1998, ha desarrollado acciones que han terminado con la destitución de 39 Magistrados, Secretarios y Auxiliares, durante este año; además, de imponer sanciones de diferentes grados, a más de 100 funcionarios. 3.3. Capacitación de Magistrados.- Durante el Proceso de Reforma Judicial, el Estado Peruano ha invertido importantes recursos en la capacitación de Magistrados a todo nivel, la que ha sido brindada no sólo por el Poder Judicial, llegando en el año 1998 a la totalidad de los Distritos Judiciales, ya sea mediante la capacitación del Magistrado por los propios Magistrados, o por medio de la Academia de la Magistratura; sino también, a través de universidades e instituciones privadas, vía convenios de cooperación, con lo que se ha repotenciado los esfuerzos en este campo. No me extiendo más en este tema, por cuanto ya el doctor Manuel Macedo Dianderas, Director de la Academia, al exponer su tema precedentemente lo ha hecho con la claridad y elocuencia que lo caracteriza. Todas estas actividades, realizadas dentro del proceso de Reforma y Modernización del Poder Judicial, se encuentran dirigidas indudablemente a lograr la tan ansiada Paz Social, eficaz y efectiva, en defensa y pleno respeto de los Derechos Humanos.
EL PROCESO DE MODERNIZACIÓN EN 1999 Por ello, durante el presente año, se va a intensificar la labor de ACCESO A LA JUSTICIA, mediante la construcción, equipamiento y puesta en marcha de 83 Módulos Básicos de Justicia, siendo la inauguración del primero, en los próximos días, en Ventanilla, Callao; y los de Caraz y Requena en el siguiente mes; con lo que se logrará el acercamiento de los pobladores de zonas urbano-marginales a la Justicia; y, por otra parte, la ampliación de Salas y Juzgados Itinerantes. Para el cumplimiento de los plazos, tenemos prevista la ampliación de módulos corporativos a nivel nacional, en las diferentes especialidades; el acercamiento a las organizaciones representativas de la sociedad civil; la construcción de nuevos locales para los Centros Juveniles, el impulso del desarrollo de medios alternativos de solución de conflictos y reducir la carga procesal, mediante convenios con el Ministerio de Justicia y la decidida participación de la Justicia de Paz. Para la transparencia de la Justicia, continuaremos con los Plenos Jurisdiccionales a nivel nacional, la Capacitación de Magistrados y Auxiliares, la intensificación del proceso de Moralización mediante la OCMA; y la realización de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República para la aprobación de Jurisprudencia Vinculante, de observancia obligatoria por los tribunales del país, que está prevista para finales de abril próximo. Todo este esfuerzo de la Comisión Ejecutiva y de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, no sería posible conseguirlo si no es con la labor que desempeñamos todos y cada uno de nosotros, desde el puesto en que nos encontremos; poniendo todo el impulso necesario para humanizar los procesos y alcanzar el cumplimiento de los plazos. En materia penal, no nos olvidemos de la presunción de inocencia, del trato preferente al adolescente infractor; lograr la desjudicialización del proceso por la Justicia de Paz Letrada, que tiene en sus manos un mecanismo importante para erradicar el conflicto y evitar sobrecostos para el Poder Judicial: la Conciliación Extrajudicial. Motivar y sustentar debidamente las resoluciones judiciales, es una garantía de la Administración de Justicia. Para eliminar o evitar márgenes de error; dotemos al sistema de mayor celeridad, transparencia y previsibilidad, para tener un Poder Judicial que responda a los requerimientos de una sociedad en proceso de modernidad y cambio, a fin de ofrecer a nuestro país seguridad jurídica, credibilidad, estabilidad política y paz social, máxime teniendo en cuenta la proximidad del nuevo milenio. Tacna, Febrero de 1999.
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