PROYECTO GENESIS EN CENTROS JUVENILES DE TIPO CERRADO Y EN CENTROS JUVENILES DE TIPO ABIERTO.

 

Arq. Guillermo Ochoa Cortez, Gerente de Operaciones de Centros Juveniles.

Nuestro país vive hace ya varios años una aguda crisis económica, política, social y moral, siendo la Infancia, el sector poblacional más afectado. El recrudecimiento de la crisis social y las bases sociológicas de los estados, obligaron a crear las organizaciones de bienestar social y que supusieron un profundo cambio en la respuesta a los menores en muchos de los países de nuestra área cultural. Los cambios en la familia y la aparición de la adolescencia como un nuevo status, potenciaron importantes reformas en la legislación de menores. Una respuesta a nivel legislativo a esta situación, constituye la promulgación en Diciembre de 1992 y la puesta en vigencia en Junio de 1993, del Código del Niño y el Adolescente . Esta ley, incorpora la Convención por los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que significa, la adopción de la doctrina de la Protección Integral en nuestro ordenamiento jurídico en esta materia.

La Convención sobre los Derechos del Niño, es el instrumento jurídico internacional vinculante más importante que en materia de derechos humanos ha dado la comunidad internacional, se ciñe a la novísima doctrina de la Protección Integral, y, en ella, los niños y los adolescentes son concebidos por primera vez, como sujetos de derecho, como personas en desarrollo y destinatarios de Protección Integral. La condición peculiar de personas en desarrollo, coloca a los agentes involucrados en la aplicación de las medidas socioeducativas, la misión de proteger, en el sentido de garantizar el conjunto de derechos y educar oportunamente para la inserción del adolescente en la vida social. Ese proceso, se da a partir de un conjunto de acciones, que deben propiciar la educación formal, profesional, salud y demás derechos asegurados legalmente.

Su condición de sujetos de derecho, implica la necesidad de su participación en la decisión de sus intereses y en el respeto a su autonomía en el contexto del cumplimiento de las normas legales. Asimismo, la responsabilidad del Estado, de la sociedad y de la familia, garantizan el desarrollo de los niños y de los adolescentes. Las medidas socioeducativas, constituyen una condición especial de acceso a todos los derechos sociales, políticos y civiles.

El Perú como Estado parte, ha suscrito y ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño y, como tal, ha adoptado medidas inmediatas para garantizar su aplicación, reformando en 1992 el Código de Menores por el Código de los Niños y Adolescentes; dentro de este marco, el Código de los Niños y Adolescentes, define taxativamente como acto infraccional, toda aquella conducta prevista como contravención a la ley penal. La responsabilidad por la conducta descrita comienza a los 12 años. Así definido al acto infraccional, en correspondencia absoluta con la Convención de los Derechos de los Niños, el Código considera al adolescente infractor como una categoría jurídica, pasando a ser sujeto de derechos establecido en la doctrina de Protección Integral, inclusive el debido proceso legal.

La política de atención de los derechos de los niños y adolescentes, que tenga al adolescente como autor del acto infraccional, debe acatar los principios de la Convención Internacional sobre los derechos de los niños; las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de menores, Las reglas de las Naciones Unidas para la protección de jóvenes privados de libertad, las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la Delincuencia Juvenil y la Constitución Política.

Es así que, verificada la comisión del acto infraccional, corresponde a la Autoridad Judicial la aplicación de las medidas previstas en nuestro Código; observándose que la aplicación de la medida de internación deberá obedecer a los Principios de Brevedad, Excepcionalidad y Condición de personas en Desarrollo.

Como consecuencia de lo dispuesto por el D.L. No 866, o Ley de Creación del PROMUDEH, se transfirió del INABIF al Poder Judicial, los Centros Juveniles, para su conducción y administración, que comprometió la responsabilidad de diseñar y ejecutar un Sistema de Reinserción Social, que comprendiera en el corto, mediano y largo plazo, una nueva metodología de atención a adolescentes infractores sujetos a alguna medida socioeducativa, siendo necesario, el replanteamiento de los modelos arquitectónicos y metodológicos, dando como resultado EL PROYECTO GENESIS EN CENTROS JUVENILES DE TIPO CERRADO Y EN CENTROS JUVENILES DE TIPO ABIERTO.

 

¿QUE ES GENESIS?

Es un proyecto nacional que cubre de modo integral la atención adecuada y oportuna del adolescente infractor, dentro de un ambiente físico y psicológico que le permita desarrollar sus potencialidades tendientes a lograr una óptima reinserción; lo cual implica una adecuación técnica de la infraestructura y la implementación de una metodología educativa preventiva promocional.

 

GENESIS EN MEDIO CERRADO

Posee un contenido programático secuencial de carácter formativo educativo, priorizando la relación positiva y de acercamiento con el adolescente, favoreciendo de esta manera un clima de confianza mutua, responsabilidad y compromiso de cambio. Es así que, se desarrolla a través de 05 programas en los Centros Juveniles del pais, con los adolescentes sujetos a medida socioeducativa de Internación, el cual comprende:

  1. Observación y Diagnóstico (Acercamiento y Persuasión )
  2. Formación Personal ( Desarrollo de valores, cambio de actitudes, etc.).
  3. Formación Laboral (Capacitación ocupacional)
  4. Atención Familiar (Escuela de padres y Consejería).
  5. Residentado Juvenil (Independencia y Productividad)

 

GENESIS EN MEDIO ABIERTO

Actualmente se desarrolla en el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), ubicado en el distrito del Rímac, con proyección a ampliar el servicio a los conos norte y sur de Lima, así como a las principales provincias del país. Aquí se atienden los casos derivados de los Despachos Judiciales y/o de la Fiscalía, cuando se ha aplicado la medida socioeducativa de Libertad Asistida, Régimen de Semi-Libertad y Remisión. Aquí se les brinda :

  • Orientación Profesional
  • Asistencia Familiar
  • Promoción Personal

 

Propuesta : Medida Socioeducativa de Libertad Restringida

Es una medida moderada, que no tenga la drasticidad de la medida de Internación ni la benevolencia de la libertad asistida, la cual permita al adolescente retornar al hogar luego de cumplida la jornada pedagógica; con lo que se cerraría el abanico de posibilidades de atención integral para aquellos casos que no necesariamente deben ser internados, ni deban gozar de una libertad irrestricta.

 

FUNDAMENTACION

El Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor diseñado por la Gerencia de Operaciones de Centros Juveniles aprobado por Resolución Administrativa Nº 539-CME-PJ, de fecha 25 de Noviembre de 1997, ofrece perspectivas científicas para un verdadero cambio de vida, facilitando la comprensión y participación del adolescente en su propio proceso de adaptación.

La modificación de conducta del adolescente infractor sólo podrá lograrse si se le brinda la oportunidad de ser reconocido como persona humana, como sujeto de Derecho, con dignidad, sensibilidad, ávido de afecto y protección con capacidad y potencialidades susceptibles de ser desarrolladas.

La Gerencia de Operaciones ha asumido el reto de imprimir un viraje positivo en la atención brindada a los adolescentes infractores. Para dicho propósito, ha reestructurado su organización y, funcionamiento, mejorando los recursos humanos y por ende, la calidad de la intervención técnica como parte de un esfuerzo progresivo por responder a las exigencias del cambio.

El Sistema de Reinserción Social tiene carácter eminentemente productivo y como postulado esencial, la educación del adolescente basada en la razón, la religión y la amabilidad.

La razón, aplicada como pilar en el tratamiento del adolescente infractor y obtener, mediante ella, una legítima decisión por el cambio de actitud.

A través de la religión, cultivar y desarrollar la fe en Dios, la adquisición de valores y convicciones morales.

Finalmente, la amabilidad; es decir, la disposición y la actitud hacia el buen trato, así como, el interés constante por lograr una verdadera rehabilitación del adolescente infractor que le garantice una reinserción exitosa en la sociedad.

 

SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL DEL ADOLESCENTE INFRACTOR

 

BASE LEGAL

  • Decreto Ley Nº 26102. Código de los Niños y Adolescentes.
  • Resolución Administrativa Nº 539-CME-PJ. Aprueba el Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor.

El Sistema de Reinserción Social, plantea el cambio estructural con un conjunto de programas graduales, secuenciales e integrados que actúan en forma evolutiva sobre el adolescente, hasta conseguir su autogobierno como expresión de su readaptación.

Señalamos una breve descripción de cada uno de ellos :

 

I. SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL EN MEDIO CERRADO

PROGRAMA I

ACERCAMIENTO Y PERSUASIÓN

Programa de modalidad cerrada que tiene como finalidad recibir a los adolescentes infractores de 12 a 17 años de edad, derivados por la Autoridad Judicial.

Ofrece actividades recreativas, deportivas y culturales que comprometen la participación activa del adolescente. El propósito fundamental es que el Educador Social establezca un acercamiento natural hacia el adolescente, siendo el agente facilitador en el proceso de reflexión, convencimiento y preparación para aceptar en condiciones favorables un proceso educativo destinado a un cambio personal, así como a una formación ocupacional.

 

PROGRAMA II

FORMACION PERSONAL

Programa de modalidad cerrada con posibilidad de apertura según el avance conductual del adolescente.

El adolescente que optó por su cambio, se incorpora a este proceso educativo que comprende el aprendizaje de materias básicas en puntos relacionados con el quehacer cotidiano y actividades pre-ocupacionales; así como, la adquisición e internalización de valores inherentes al desarrollo personal.

El grupo familiar es el único medio educativo realmente eficaz; por tanto, el clima educativo debe regirse por los patrones familiares usuales.

El programa se desarrolla en aldeas conformadas por casas familiares con capacidad para doce adolescentes cada módulo de vivienda.

Las técnicas de trabajo en este Programa son las siguientes:

  • Módulos educativos.
  • Módulos de aprendizaje.
  • Conversatorios (espacios de reflexión).
  • Sesiones grupales (solución de problemas).
  • Evaluaciones técnicas.
  • Técnicas participativas.

 

PROGRAMA III

FORMACION LABORAL

Este Programa, a diferencia de los dos programas anteriores, tiene un carácter semi-abierto y está dirigido al adolescente que ha concluido en forma satisfactoria su etapa de educación en el Programa II. De este modo, el adolescente se incorpora a un proceso de capacitación técnico-ocupacional, sin descuidar su formación y desarrollo personal.

Las profesiones técnicas ofrecidas son las de mayor demanda en el mercado laboral, lo que hace más factible una inmediata ejecución de algún proyecto productivo particular, y, en consecuencia, garantiza la reinserción a su grupo social en condiciones favorables.

El Programa III posee las características de una casa organizada y disciplinada donde el adolescente se capacita, participa, trabaja con responsabilidad y al mismo tiempo, tiene mayor acercamiento y contacto con su entorno social.

 

PROGRAMA IV

ATENCIÓN FAMILIAR

Programa de modalidad abierta, dirigido a los padres de familia y/o tutores de los adolescentes. Su propósito fundamental es comprometer activamente a los padres en el proceso educativo de sus hijos, para reforzar y mejorar las relaciones familiares.

Su accionar se realiza en forma simultánea con el desarrollo de los otros programas incluyendo una labor de orientación, consejería y entrenamiento sistemático para padres.

 

PROGRAMA V

RESIDENTADO JUVENIL

Programa de modalidad abierta dirigido a aquel adolescente egresado del Sistema, que no tiene opción de integrarse a su grupo familiar. Así el adolescente convive en una casa-hogar con otros compañeros en similar situación, compartiendo vivencias y responsabilidades.

En esta etapa, el adolescente debe haber alcanzado independencia y niveles adecuados de adaptación a la vida social y productiva en la sociedad.