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Segunda.- Respecto al factor administrativo, es urgente que las autoridades universitarias, municipales y de Indecopi, coordinen acciones conjuntas con el fin de erradicar la comercialización de material pirata, sí como controlar el funcionamiento de las fotocopiadoras, autorizando su uso bajo contrato, en el que se explicite claramente las cláusulas que contengan condiciones que frenen la reprografía ilegal.
Tercera.- Es prioritario que los autores, sus representantes o derechohabientes, trabajen en la creación de una Organización de Gestión Colectiva como las hay en la mayoría de países de Europa, que cautele y vigile el respeto a los derechos morales y patrimoniales del autor, haciendo que desde la sociedad civil se establezcan mecanismos que frenen la práctica generalizada de la piratería y el uso de la reprografía ilegal. Exigiendo a su vez, la acción decisiva del Estado a través de sus organismos competentes, Indecopi, Ministerio Público, Poder Judicial, Sunat, Aduanas, Municipios, quienes deben actuar en el campo de la represión frontal, intensificando labores de inteligencia operativa que permitan identificar la cadena de producción, distribución y venta de productos ilegales, y la aplicación drástica y efectiva de la ley.
Cuarta.- Crear y buscar fuentes de financiamiento que permitan implementar campañas publicitarias de difusión masiva, por diferentes medios de comunicación que eduquen y prevengan a la población a nivel nacional las consecuencias negativas del uso generalizado de libros piratas y fotocopias, así como rescatar los valores de respeto a la ley como base de la convivencia en toda sociedad organizada y civilizada, afín de frenar este grave problema que impide mejorar las condiciones socioeconómicas de la sociedad, por cuanto influye en el nivel cultural de la población, en la generación de más puestos de trabajo y finalmente en la recaudación tributaria, que limita al Estado invertir en el mejoramiento de los servicios básicos que la población exige.
Quinta.- La propiedad intelectual forma parte de los derechos fundamentales de la persona, y su respeto contribuye al desarrollo socioeconómico de la poblaciòn, quien es la única beneficiaria de la creación intelectual; como tal, éste debe merecer la mayor atención en el ámbito educativo, desde los colegios, universidades y demás centros de educación superior, permitiendo su difusión y concientizaciòn en los diferentes sectores de la población que hacen uso de material bibliográfico.
Sexta.- Las bibliotecas públicas en todo el país deben merecer prioridad por parte de las autoridades educativas, municipales y ahora las regionales. Sin embargo, no se puede seguir esperando que el Estado sea el único que asuma responsabilidad en su promoción y financiamiento, la población organizada debe exigir y apoyar la implementación y mejoramiento de las bibliotecas públicas, escolares y comunales, como un medio de impedir a los usuarios que recurran a otras alternativas ante la necesidad de contar con material bibliográfico que les permita informarse, entretenerse o culturizarse. Tenemos por ejemplo el caso de las Asociaciones de Padres de Familia, las que en muchos casos impulsan la creación y funcionamiento de las bibliotecas escolares, con cuyos recursos es posible priorizar los servicios de la biblioteca, dotándola de presupuesto e infraestructura básica. Asimismo, los municipios, cuyas autoridades acaban de ser renovadas, pero que no hemos encontrado casi en ningún candidato un programa de trabajo que incluya la creación o mejoramiento de las bibliotecas lo hace que la población organizada exija a sus representantes invertir en la cultura de su pueblo.
Séptima.- Finalmente, a la luz de las cifras dadas por la UNESCO el año 2000, en la que el índice de lectura en el Perú es de menos de un libro por año, a diferencia de Argentina, Mèxico o Brasil que leen cinco, y que existe una ecuación muy sencilla: a más lectura mejor calidad de vida, y que desde el punto de vista económico, la protección legal al libro permitirá mayor producción editorial, creación de más puestos de trabajo, mayor recaudación tributaria. Por tanto, carece de sustento quienes argumentan que las exoneraciones tributarias contenidas en la Ley del Libro, generarán mayor déficit fiscal.
Es una necesidad impostergable contar con la Ley del Libro, como un instrumento legal que garantice la producción y comercialización editorial lícita, así como valorar el trabajo intelectual que es la base y fuente de desarrollo social, protegiendo y respetando los derechos morales y patrimoniales del autor.
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