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LA INFRACCIÓN   AL DERECHO DE AUTOR Y EL ROL DE INDECOPI EN SU PREVENCIÓN

Quiroz Papá de García, Rosalia

 

    CONCLUSIONES



Primera.- La evidencia empírica contrastada con los resultados cuantitativos de la investigación, nos muestra que los factores concurrentes que influyen en la infracción a las normas del derecho de autor Dec. Leg. Nº 822, en el ámbito universitario (caso UNMSM) son los de orden socioeconómico, el mismo que ha sido determinado por los indicadores de ingreso familiar e individual de los investigados, los que escasamente cubren sus necesidades básicas; haciendo que el monto que destinan mensualmente en la adquisición de material 

 

 

bibliográfico (libros, revistas o fotocopias) asciende un promedio de S/ 50.00 y S/ 100.00 nuevos soles entre alumnos y docentes respectivamente; a su vez, la enorme diferencia en el costo comparativo de los libros nuevos, de edición pirata y las fotocopias que difieren entre cinco a diez veces el precio del libro original; y el lugar donde usualmente se compran estos ejemplares (vendedores informales); nos indican que son los factores condicionantes del problema de infracción a los derechos de autor.


Asimismo, los aspectos académicos base de la formación profesional, influyen en el problema investigado, se evidencia por los datos finales que arrojan las encuestas, que un alto porcentaje de docentes no exige el uso ni la compra de libros, por el contrario ofrecen y facilitan el uso de separatas fragmentadas y fotocopiadas de distintos textos, generando serias limitaciones en la preparación de los futuros profesionales; por su parte, los estudiantes en su gran mayoría afirman que complementan sus estudios y formación académica con el uso de las fotocopias.

Segunda.- Los factores de orden administrativo inciden en la infracción a la ley de derecho de autor, los resultados nos permiten concluir que existe desidia e indiferencia de las autoridades universitarias y municipales al no adoptar medidas eficaces que frenen estos hechos. Se permite el funcionamiento de librerías informales sin restricción alguna en la venta de libros de ediciones pirata, así como la instalación de más de un centenar de máquinas fotocopiadoras en los ambientes interiores y exteriores de la universidad, las que han alcanzado sorprendentes niveles de sofisticación tanto en calidad y velocidad, haciéndolas accesibles a todos por el bajo costo que representan las copias; inclusive en el ámbito educativo se ha llegado a sustituir al libro completo y original por las fotocopias, bajo el argumento de ser una alternativa eficaz, rápida y barata de distribución de material impreso. Otro aspecto administrativo que empuja a los estudiantes y docentes a optar por el uso de libros pirata y fotocopias, es la calidad del servicio de las bibliotecas de facultad y la Biblioteca Central, las que en su gran mayoría se encuentran desactualizadas al margen de las prioridades en la gestión administrativa de las autoridades de turno. Encontramos serias limitaciones en la colección con volúmenes insuficientes y obsoletas, así como los servicios bibliotecarios que presentan serias deficiencias impiden a los usuarios el uso permanente de la biblioteca. 

Tercera.- La Oficina de Derechos de Autor, creada por Decreto Ley Nº 25868 (1993) y regida por el Dec. Leg. 822 (1996), inició su funcionamiento en marzo de 1993, encargada del cumplimiento de las normas legales que protegen al autor, a los artistas e intérpretes y ejecutantes con respecto a sus obras, interpretaciones y ejecuciones, así como a todo titular de derechos sobre las mismas, tiene a su cargo el registro de las obras y resuelve en primera instancia administrativa el procedimiento de infracción a los derechos de autor.

Los datos oficiales y la entrevista realizada a las autoridades competentes, nos indican que el número de registros de derechos de autor otorgados durante el año 2001 y parte del 2002, suma 1 590 registros, de los cuales el 90% corresponden a obras literarias, 5% fonogramas, y los otros 5% a softwares y audioviduales; en tanto, si comparamos los procedimientos que el procedimiento de infracción iniciados en ese mismo período alcanzan los 157 casos, cifras que indican la enorme desproporción entre el número de procedimientos por infracción iniciados y el grave problema que significa la proliferación de la edición pirata, que comercializa más de 2 500 (dos millones quinientos mil ejemplares), cifra que representa la venta en dos a tres veces más que los editores legales; además, un monto no calculado en fotocopias, que se calcula asciende a mayores niveles de comercialización.

Respecto al número de expedientes resueltos por la Sala de Propiedad Intelectual durante el año 2001, los datos oficiales señalan que existe mayor celeridad en resolver los casos de apelación, a diferencia de los años que van desde 1994; a su vez, de todos los casos resueltos por la Sala, sólo un 3% han sido impugnados ante el Poder Judicial, en tanto que el 97% de ellos pasaron a constituir Resoluciones Firmes.

Sobre las acciones de prevención dirigidas a la población de todo el país, el programa Indecopi Educa, viene desplegando una labor educativa sostenida, con la finalidad de desarrollar y difundir una cultura de respeto a la propiedad intelectual; es así que desde 1996 al año 2000, se han desarrollado 17 811 talleres dirigidos a maestros de educación secundaria y estudiantes de educación del nivel superior, no obstante esta cifra, consideramos que aún es muy limitada si comparamos con el número de profesores en el sector público y privado, frente a la magnitud del problema investigado.

Cuarta.- Se concluye que, durante el período de 1995 a 1999, el promedio de actividades represivas por parte de Indecopi con apoyo de la fuerza pública, en contra de la infracción a la propiedad intelectual, ha sido el siguiente: un allanamiento de imprenta por año, un allanamiento de depósito de libros por año y un operativo de represión ilegal cada quince meses95. Estas acciones muy limitadas y la necesidad de crear una Fiscalía Ad-Hoc especializada en los delitos contra la propiedad intelectual, ha hecho que en diciembre del 2001 se firme el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre Indecopi y la Fiscalía de la Nación, que crea precisamente la Fiscalía Especializada en asuntos de Propiedad Intelectual "con el propósito de implementar una nueva estrategia frente a la piratería y de actuar con la celeridad que la protección a los derechos de la Propiedad Intelectual demanda..."96; desde entonces, el mayor índice de operativos llevados a cabo por esta fiscalía están relacionados a los rubros de medicamentos, prendas de vestir, cartuchos para impresoras, programas de ordenador, fonogramas que incluyen discos compactos, cassettes, videos, entre otros productos; en tanto que operativos contra la piratería editorial han sido escasamente tres, habiendo sido uno de los más importantes el realizado en mayo del presente año (2002), en los que se logró incautar libros pirata por un valor aproximado de 100 mil nuevos soles en base a una labor de inteligencia operativa.

Quinta.- Las modalidades más frecuentes de infracción a los derechos del autor de obras literarias son: la reproducción no autorizada, seguida del plagio, la usurpación de paternidad, y la reprografía, las que con mayor frecuencia se presentan y expanden en todo el país, constituyendo una verdadera amenaza a la actividad lícita de los editores, la creatividad de los autores y en contra del sistema económico del país. El libro pirata presenta características similares al original, en cuanto al texto, al diseño, la portada, el color, el ISBN, e incluso el código de barras, agregándosele irónicamente la frase "prohibida su reproducción". Lo cual puede ser corroborado con los datos que nos ofrecen la Cámara Peruana del Libro y la Biblioteca Nacional, dado que el Perú a diferencia de otros países de la región ha reducido el número de títulos y ejemplares legalmente producidos; disminuyendo el monto de comercialización comparados con las ediciones piratas, que sí han incrementado considerablemente sus ventas. Este hecho ocasiona que los pocos libros que se producen legalmente, la piratería hace que un buen número de ejemplares no puedan venderse, y los editores se ven impedidos de recuperar la inversión realizada, al reducirse cada vez mas el mercado para dar paso a la venta ilegal. 

Se argumenta que la piratería se incrementa por el alto costo del libro original y nuevo, sin entender que si bien es cierto que el producto final no paga IGV, sin embargo toda la cadena de producción sí lo hace, éstos tienen que hacer frente al pago de aranceles, impuestos que gravan los insumos como el papel, la tinta, los que finalmente se trasladan al costo final del libro. En tanto que las ediciones piratas con tirajes muy altos que copan el mercado informal, son comercializados a costos muy bajos, por los salarios de hambre que pagan y por la evasión tributaria que los caracteriza a quienes se dedican a esta ilícita actividad.

Sexta.- Las obras en general y las obras literarias en particular, constituyen el producto de la creación, el talento e imaginación de los autores, y son considerados elementos insustituibles en el desarrollo socioeconómico y cultural de toda sociedad, permitiendo el mejoramiento de la calidad de vida de la población; como tal, el Estado y los gobernantes de turno, son los responsables de aprobar lineamientos de política cultural que las protejan; sin embargo, hasta la fecha se muestra desatención y desvalorización a la cultura, al no existir una política cultural en el país. Un indicador de ello es la demora en la promulgación de la Ley del Libro, sin entender que el acceso a la educación y a la información, constituyen derechos humanos fundamentales garantizados por la Constitución y los tratados internacionales sobre la materia; por tanto, una obra literaria es un elemento esencial de educación, que informa, entretiene, educa y culturiza, además de estimular y contribuir con la investigación, en especial en esta era llamada de la "Informaciòn y el conocimiento". Las obras no pueden ser consideradas sólo como una mercancía más de consumo, sujeta a las reglas de la oferta y la demanda; sin priorizar la función social que ella representa, "que permite tener igualdad de acceso a la información para el desarrollo personal, la educación el estímulo, el enriquecimiento cultural, la actividad económica y la participación informada en la democracia"97.

Séptima.- Otro de los factores muy importantes que influyen en los hechos, está relacionado con la percepción y comportamiento de los sujetos investigados; a partir de los datos obtenidos, podemos concluir que existe la mentalidad muy generalizada e internalizada en alumnos y docentes, que de prohibirse o restringirse el uso de fotocopias o libros piratas, se estaría afectando seriamente la formación profesional , y el derecho de acceder al menor costo a la información; como tal, muestran una actitud muy favorable al uso de este tipo de material impreso, que los materializan en el uso frecuente de obras de reproducción ilegal.
Respecto al nivel de conocimiento de las normas que protegen al autor, se concluye que este factor incide en menor medida en la ocurrencia del problema, al constatar que nuestros encuestados conocen que la piratería y la reprografìa ilegal son modalidades de infracción al derecho de autor con penas severas, sin embargo, al percibir que existe impunidad y escaso control por parte del Estado, justifican su actitud y comportamiento frente al uso de la piratería.


95 www.indecopi.gob.pe. Datos otorgados por Contracopia (Consulta: 15 de octubre 2001).
96 Idem.
97 IFLA. Declaraciòn de IFLA/FAIFE. Aprobada por la Junta de Gobierno de IFLA el 27 de marzo del 2002 en la Haya, proclamada por IFLA el 1 de mayo del 2002.

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