Folia Dermatológica Peruana.
     Vol. 13 • Nº 3 • diciembre  de 2002

 

Información Científica


CLONACIÓN, BIOLOGÍA, MEDICINA Y DERECHOS HUMANOS

 

Javier Arias Stella1



Los recientes debates suscitados a raíz de los anuncios de supuestas clonaciones de humanos, aunque ajenas por su carácter clandestino a un análisis crítico serio, han puesto sobre el tapete interrogantes a la biología, la medicina y los derechos humanos, cuyas respuestas se hacen cada vez más urgentes en la comunidad científica.

BIOLOGÍA

El experimento de la oveja Dolly [1], al comprobar la eficacia de la tecnología de fertilización por transferencia nuclear, demostró la relatividad del principio biológico, hasta entonces aceptado, que en los mamíferos superiores el nuevo ser resulta de la unión del espermatozoide con el óvulo [2,3,4].

De otro lado, si bien desde hace muchas décadas experimentos en animales menores habían demostrado la plasticidad de las células en diversas etapas de maduración y su capacidad de reacomodar su código genético a estadios previos inmaduros y se había logrado fertilizar un óvulo con células embrionarias o fetales, el experimento de Dolly demostró que a partir de una célula adulta, totalmente diferenciada, era factible retrotraer el código genético nuclear a la condición primitiva de indiferenciación totipotente, algo hasta entonces insostenible en la biología clásica [5].

A diferencia del cigote que posee un contenido genético que es 50% de origen materno y 50% de origen paterno, el clon, creado por la técnica de fertilización por transferencia nuclear, da lugar a un ser con 100% de código genético masculino o 100% de código genético femenino (dependiendo del origen de la célula usada para la transferencia nuclear). Por lo tanto, estamos delante de una nueva entidad biológica.

A ella, Advanced Cell Technology, laboratorio líder en este campo ha denominado: Ovumsum [6-10].

Otro asunto que despierta inquietud es el referido a la definición de los distintos estadios del desarrollo del nuevo ser. La última edición de la Enciclopedia Británica define embrión: "estadio inicial del desarrollo de un animal mientras está en el huevo o dentro del útero de la madre. En humanos, el término se aplica al no nato, hasta el fin de la séptima semana, después de la concepción, a partir de la octava semana, el no nato se llama feto" [11]. Según el Diccionario de Medicina Dorland: "en el ser humano, el organismo en desarrollo es un embrión desde aproximadamente dos semanas después de la fecundación hasta el final de la séptima u octava semana". Feto, dice el Dorland: "descendiente que aún no ha nacido de cualquier animal vivíparo. En el ser humano desde la séptima u octava semana después de la fecundación hasta el nacimiento" [12].

Teniendo en cuenta sólo estas dos fuentes, comprobamos que no hay unanimidad para el concepto de embrión humano. Para la Enciclopedia Británica, la denominación alude al desarrollo desde la concepción hasta la séptima semana, mientras que para el Dorland es a partir de las dos semanas hasta la séptima o la octava semana.

Los avances en las técnicas de cultivos de células embrionarias derivadas de la experimentación con óvulos humanos fecundados desechados de las clínicas de fertilización, han permitido demostrar que hay diferencias biológicas cualitativas importantes entre las etapas de mórula, blástula y gástrula [11].

En las primeras divisiones del huevo o cigoto -estadio de mórula (2, 4, 8 células)- cada una de las células es capaz, si separadas, de dar origen a un organismo normal. Son células totipotentes. Por ello tenemos ejemplos de hermanos gemelos, trillizos o quíntuples.

Cuando pasamos del estadio de mórula al de blastocisto ocurre un cambio, las células superficiales se modifican para constituir lo que luego será la placenta y se forma, en un polo, la llamada masa de células internas que formará el nuevo ser. Estas células de la masa interna son células pluripotentes, porque pueden dar lugar a cualquier tipo de tejido pero no a un nuevo ser. Si se avanza más en el estadio de blástula, las células van dejando su capacidad pluripotente y se van convirtiendo en células multipotentes, esto es, capaces de formar sólo algunos tipos de tejidos.

Un hallazgo fundamental en estas innovaciones tecnológicas de cultivos de células embrionarias ha sido el demostrar que las células de la masa interna en el estadio de blastocisto son factibles de desarrollarse en placas de cultivo celular y mantenerse con su capacidad pluripotente o multipotente por semanas y meses en el laboratorio. Cuando se llega al estadio de gástrula las células ya están diferenciadas y, por lo menos con la tecnología actual, no pueden cultivarse "in vitro" como en el estadio de blastocisto [13,14].

Lo anterior enfatiza como es que, en efecto, hay diferencias biológicas fundamentales en distintos estadios iniciales del desarrollo del nuevo ser.

La ausencia de claras definiciones quedó ejemplificada, recientemente, cuando los Institutos Nacionales de Salud de los Estados Unidos se refirieron a los estadios iniciales del desarrollo humano como "embryo", mientras que el presidente Bush, siguiendo otras corrientes, habló de: "pre-embryo" para el huevo preimplantado. Obviamente detrás de esta diferencia está la idea de insinuar que el "pre-embryo" es distinto del "embryo". El "pre-embryo" quizás no es ser vivo, no es individuo, o, conceptualmente no es ser humano potencial. A diferencia del embrión implantado después de la gástrula, que si es un "ser", un "individuo", un "ser humano" en marcha [15].

Lo dicho en relación con el concepto clásico de fecundación y el clon, como nueva entidad biológica, y lo mencionado sobre las diferencias existentes en los primeros estadios del desarrollo, subrayan la urgencia de acuerdos concertados para definir, en términos biológicos y genéticos, las situaciones que hoy permite reconocer la nueva Biología. Se requiere, por lo tanto, de una gran Convención Internacional.

MEDICINA

Se puede afirmar que, con escasos grupos discrepantes, la comunidad científica mundial y las autoridades de gobierno de las naciones rechazan la clonación humana reproductiva [16].

Las razones no se limitan al campo bioético y religioso, donde la oposición es mayor, sino, responden al hecho que todavía no se ha dominado la tecnología que haga fácil y viable el procedimiento y, menos aún, acumulado la experiencia e información suficiente para garantizar la normalidad del individuo clonado.

No extraña, por lo tanto, que la ONU haya iniciado la preparación de la "Convención Internacional contra la Clonación de Seres Humanos con Fines Reproductivos".

Distinta es, sin embargo, la situación en relación con la clonación terapéutica, la cuál ya es aceptada en el Reino Unido y está a punto de discutirse para su legislación en el Senado de los EEUU de América.

Las experiencias con las "células troncales embrionarias humanas" derivadas de los huevos fertilizados desechados de las clínicas de fertilización han permitido un gran avance en el manejo de los cultivos celulares embrionarios y en el conocimiento de los factores de diferenciación celular. Durante el periodo que los EEUU autorizó las investigaciones en células troncales embrionarias humanas, se desarrollaron 60 líneas celulares que actualmente son manejadas por las compañías comerciales constituidas al efecto [17].

El objetivo es utilizar estas células diferenciadas en el laboratorio para reemplazar a células dañadas en pacientes con diversas enfermedades.

Sin embargo, los cultivos de células troncales embrionarias humanas no escapan al problema básico derivado de la individualidad biológica genética.

Cada línea de células troncales tiene la especificidad genética del embrión de donde provino, de tal manera que estarán siempre expuestas a las reacciones inmunológicas del organismo receptor.

La única forma de evitar estas reacciones inmunológicas es que las células embrionarias troncales reemplazantes sean derivadas del propio individuo receptor y esto sólo puede obtenerse a través de la clonación terapéutica o clonación de investigación [15,16,18,19).

Sólo así se garantiza un transplante o reemplazo tisular sin la limitación del rechazo inmunológico.

Creemos que debe darse luz verde a la clonación terapéutica, pues sus potenciales beneficios a la humanidad son de mayor significación que las observaciones de quienes la objetan.

Claro está que favorecemos, igualmente, las investigaciones para la producción de células troncales derivadas de células adultas, que constituyen un promisorio camino alternativo que merece, también, continuada exploración [20,21].

DERECHOS HUMANOS

Los argumentos esgrimidos por quienes se oponen a la clonación terapéutica defienden conceptos que ven sólo la perspectiva del "potencial nuevo ser" que proveería las células salvadoras.

El problema surge al aceptar que al formarse el huevo fecundado se da partida a la vida, y vida no es, para los creyentes, sólo los constituyentes materiales (células) sino también "el alma", que no tiene presencia física y por ende no puede ser estudiada por la ciencia. Es, simplemente, una creencia, un acto de fe.

Para los opositores a la clonación terapéutica, la integridad de la tecnología para la producción de células troncales ("stem") embrionarias está basada en la decisión de cerrar el camino al potencial de un huevo fertilizado de convertirse en un ser humano, por la utilidad que puedan tener sus células constituyentes. Es el dilema, en términos religiosos, de enviar un alma a su creador o destruirla para salvar una vida y por ende a otra alma.

Esto es lo que se ha denominado una situación de Oxymorom, figura del lenguaje en el que se combinan ideas o términos contradictorios [22].

Quienes así piensan no consideran los derechos de las decenas de miles de pacientes, potencialmente beneficiarios, que como el actor Christopher Reeve, el famoso "Superman", hoy inmovilizado por lesión en la espina dorsal, esperan la culminación de estos estudios y las autorizaciones pertinentes para buscar alivio o curación de sus dolencias [23].

En verdad, para ellos habría que tener en cuenta la Declaración Universal de los Derechos del Hombre [24], que establece que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, sin distinciones y con igual protección ante la ley.

Veamos el texto de algunos de los artículos de esta Declaración Universal que son aquí pertinentes:

Art. 3    Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Art. 6    Todo ser humano tiene derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Art. 7    Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.......

Art. 25    Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure......, la salud y el bienestar,..... y los servicios sociales necesarios.

En el momento que la clonación terapéutica sea una realidad técnicamente viable y probadamente factible, cualquier paciente -conocedor que este procedimiento le puede permitir recuperar el estado de salud y bienestar perdidos- podrá invocar la Declaración Universal de los Derechos del Hombre cuyos artículos 3, 6, 7 y 25 ampararían su solicitud.
   
El artículo 30 de esa misma Declaración que dice:

Art. 30    Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Contrarrestaría cualquier negativa a atender la solicitud del reclamante, basada en disposición normativa nacional, considerada imperativa.

Obviamente los tres principios básicos de la Bioética: beneficencia, autonomía y justicia, vistos desde la perspectiva del solicitante, armonizarían con la solicitud.

Es claro que, de otro lado, colocados en la perspectiva del huevo fertilizado para la generación de las células clonadas, caemos en la encrucijada del ente o ser, que he dicutido en otro artículo [25], para argumentar la ausencia de autonomía y serían entonces de considerarse la necesidad de reformulaciones a los principios bioéticos.

COROLARIO

Las reflexiones que anteceden nos inducen a sugerir lo siguiente:

1. La comunidad científica debe promover una gran Convención Internacional para redefinir los conceptos de fecundación y diferenciación celular teniendo en cuenta los aportes de la nueva biología.

2. Si bien debe mantenerse la proscripción de la clonación con fines reproductivos es conveniente autorizar las investigaciones sobre la clonación terapéutica o de investigación y estimular los estudios sobre células troncales derivadas de células adultas, y ...

3. El problema ético que plantea la clonación terapéutica debe situarse no solo desde el punto de vista del "derecho" de la "vida potencial" que es manipulada sino también del "derecho de los pacientes potencialmente beneficiarios", en armonía con la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE, de la cual son signatarias todas las naciones del mundo.



Bibliografía

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1. Médico Patólogo, Profesor Emérito UPCH. Instituto de Patología y Biología Molecular "Arias Stella".

Correspondencia: arias.stella@infonegocio.net.pe

 


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