| Acta Cancerológica.
Vol. 30 Nº 2 Diciembre 2000 |
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"DIAGNÓSTICO NEUROLÓGICO DE LA MUERTE. NECESIDAD DE
UNA LEGISLACIÓN EN EL PERÚ"
Dr. José Orrego Puelles
Introducción
El concepto de muerte no puede determinarse exclusivamente por
criterios médicos. Debemos separar las esferas de la Medicina y la Filosofía, ya que
ninguna de ellas puede ignorar sus respectivas contribuciones. Decir que un individuo esta
vivo o muerto puede depender del entendimiento que se tenga del concepto de muerte. Este
concepto puede variar según las diferentes culturas, religiones o principios
científicos. Puede estar definida como «destrucción de todas las estructuras físicas
», pérdida de la capacidad de interacción social», «pérdida irreversible de la
conciencia», «pérdida de la integración corporal», etc. Cualquier cambio de
definición de muerte, trae consigo cambios en los criterios y pruebas diagnósticas del
estado de muerte.
Estos criterios solo pueden tener un verdadero significado si derivan de un concepto
apropiado e inequívoco. El concepto debe especificar la pérdida irreversible de
determinadas funciones y evitar la falsa situación en la que el individuo estaría muerto
según unos determinados criterios y vivo dc acuerdo con otros. La muerte debe ser
definida como la pérdida irreversible de la función del organismo humano como un todo.
El concepto biológico implica la pérdida de reacción: aconsciencia y arreflexia, la
pérdida irreversible de la capacidad de respirar: apnea y por tanto, de mantener un
latido cardiaco espontáneo: asistolia.
Antecedentes históricos
El concepto de muerte se basa en el funcionamiento integral del organismo como un
todo, estamos obligados a determinar en que órgano reside dicha integración. Las pruebas
encaminadas a medir o estimar las funciones de ese órgano son de interés trascendental
para el diagnóstico de la muerte.
Hasta los años 50 había dominado la concepción cardiorrespiratoria de la muerte. El
paro cardiaco, la desaparición del pulso y de la respiración, se consideran por si
mismos criterios diagnósticos validos del estado de muerte.
Desde entonces muchos pacientes que se hubiera dicho que estaban muertos, hoy no muestran
los signos de paro cardiorrespiratorio gracias al empleo de técnicas de reanimacion y de
maquinas de respiración controlada. Sin embargo, en ellos, ya se produjo el fallo
cerebral irreversible, lo cual no conlleva signos externos visibles para cualquier
observador.
Una persona conectada a un respirador pasa del estado de vida al estado de muerte, por
fallo cerebral irreversible, sin perder el «aliento» y sin que su corazón deje de
latir.
Se dió un paso muy importante al establecer que es el cerebro y no el corazón, el
órgano crítico cuyo fallo irreversible define la muerte. El primer antecedente está en las publicaciones de Mollaret y Goulon (19) en
1959 y de forma casi simultánea de Wertheimer, Jouvet y Descotes (12). Así surge la
definición de la muerte del ser humano como resultado del cese irreversible de todas las
funciones cerebrales o encefálicas, con o sin mantenimiento de las funciones
circulatorías y respiratorias por medios artificiales. Estos autores franceses
describieron la situación de varios pacientes a los que ellos denominaron «coma
dépasse». Se trataba del estado de un cuerpo humano que mantenía funciones
cardiorrespiratorias merced a la asistencia de un respirador y otras medidas de
reanimación circulatoría, pero en el cual no había evidencia ni indicio alguno de
función cerebral ni clínica ni paraclínicamente ( silencio eléctrico cerebral).
En la decada de los sesenta se confirmaría la experiencia de Mollaret y Goulon con las
grandes series de seguimiento de pacientes en coma. De otro lado, con los progresos en la
reanimación cardiaca y respiratoría, aparecía un mayor número de enfermos con lesiones
irreversibles, pero no totales del encéfalo que evolucionaban a estados de coma crónico
o estado vegetativo persistente.
Surgió la necesidad de determinar claramente la diferencia entre lesiones totales e
irreversibles del encéfalo (Cerebro y Tronco Cerebral) y las lesiones irreversibles pero
no totales del encéfalo. La frontera entre la vida y la muerte, el punto de no retorno,
tuvo que ser definido con toda precisión. Se abrió paso la convicción de que la muerte
del encéfalo es sinónimo de muerte del individuo. En 1968 aparece el primer protocolo
diagnóstico elaborado por el comité de la Universidad de Harvard (1) designado para tal
efecto, donde se enumeran los criterios de lo que se denomino «coma irreversible»,
término que se propuso como nueva definición de muerte.
Según el Comité Ad hoc de Harvard, los cuatro requisitos que debían cumplirse para
calificar el coma irreversible eran: ausencia de respuesta cerebral a cualquier estímulo,
ausencia de movimientos espontáneos o inducidos, ausencia de respiración espontánea y
ausencia de reflejos tendinosos profundos y del tronco cerebral. Recomendaban, la
presencia de un electroencefalograma plano y la exclusión de condiciones de hipotermia y
de intoxicación por fármacos.
Posteriormente se publicaron diversos trabajos sobre el tema. Silverman (24) continuaba
defendiendo la validez del electroencefalograma plano como signo de valor confirmatorio
para el diagnóstico del « Síndrome de Muerte Cerebral».
El término de muerte cerebral (<<Brain Death») fue acuñado y cobró carta de
naturaleza en todo el mundo anglosajón.
En 1971, Mohandas y Chou (18), fueron los primeros en afirmar que el diagnóstico de la
muerte puede realizarse exclusivamente por procedimientos clínicos; este trabajo no fue
aceptado en los Estados Unidos por razones de tipo técnico. Pero no se debe negar el
mérito que tuvo de sentar una conclusión conceptual original que ha sido confirmada
posteriormente por la experiencia acumulada en los últimos 27 años. Además, se
constituyó en el germen del actual Código del Reino Unido sobre Muerte Cerebral que es
el punto de Vista y de referencia que defienden la mayoría de los neurólogos.
El estado de muerte es la consecuencia del fallo irreversible de la totalidad de la
función cerebral, ya sea por que el paro irreversible cardiopulmonar conduce
secundariamente al fallo cerebral irreversible, o porque primariamente sucumbe definitiva
e irreparablemente toda función cerebral, aunque la máquina mantenga durante horas o
días (nunca mas de nueve dias) la función respiratoria y circulatoria.
En la Legislación de Inglaterra sobre diagnóstico neurológico de la muerte, destacaron
los artículos publicados Mohandas y Chou en 1971 y los de la Conference of Royal Colleges
del Reino Unido en los años 1976-1979 (7, 8). En ellos se defiende que basta el
diagnóstico de muerte irreversible del tronco del encéfalo para inferir la muerte del
encéfalo como totalidad y por tanto, la muerte del individuo. Además, se afirma en esos
documentos que tal diagnóstico puede llevarse a cabo por criterios y pruebas
exclusivamente clínicas, sin necesidad de procedimientos instrumentales complejos.
En julio de 1981 la Comisión nombrada por el Presidente de los Estados Unidos para el
Estudio de problemas Eticos en Medicina y para la Investigación Conductual (22) elaboró
un informe en el que se afirma: « Está muerto un ser humano al que ha sobrevenido, bien
una interrupción irreversible de las funciones respiratorias y circulatorias, bien una
interrupción irreversible de las funciones cerebrales, incluyendo las del tronco
cerebral. La determinación de la muerte ha de ser hecha de acuerdo con los estándares
médicos establecidos». Se constituyó así una base sólida para aceptar y comprender
esa nueva forma de morir, a la vez que se estableció que la muerte se puede definir y
determinar por criterios diagnósticos estrictamente neurológicos.
En la mayoría de los países se acepta hoy que, desde el punto de vista médico y legal,
la muerte del encéfalo es equivalente a la muerte del individuo como conjunto. Esta acep-
tación no supone la existencia de un nuevo concepto de muerte. Puede decirse que hay una
nueva forma de morir pero no una nueva forma de estar muerto. Se reitera que la muerte
como tal no admite grados ni adjetivos. Se trata mas bien de la reformulación de un
concepto, de una definición o una explicación donde previamente no existía ninguna. La
concepción tradicional del paro cardiorrespiratorio no aportaba criterios diagnósticos
absolutamente válidos. Mas o menos latente existía la idea de muerte aparente y vida
real que a tantas personas angustió y que dio origen a tanta historia novelada o no de
enterramientos y actos funerarios de personas con vida. La nueva situación de vida
aparente (merced al respirador) y muerte real (neurológicamente incontrovertible) ha
disipado toda duda al respecto.
El paro cardiorrespiratorio puede ser primario y conducir al fallo cerebral irreversible,
como es la forma mas habitual de morir; pero también ocurre a la inversa. Lo importante
es comprender que en ningún caso el hecho crucial para la definición de la muerte radica
en el paro cardíaco. Esta demostrado que « un cadaver que se mantiene artificialmente
con soporte respiratorio y circulatorio tiene un paro cardíaco definitivo (asistolia) en
horas o en días, pero nunca más allá de nueve días» . Así pues cuando se constata, a
traves de los signos neurólogicos apropiados, que un individuo sufre una lesión
destructiva total e irreversible de su cerebro y tronco cerebral, las técnicas
artificiales solo consiguen retrasar horas o días el cese funcional del resto de los
órganos que tradicionalmente constituían signos de vida (pulso y aliento).
Criterios neurológicos de muerte
Se podrá considerar el diagnóstico de muerte por fallo cerebral completo e irreversible,
sólo cuando se están poniendo en práctica todas las medidas de reanimación,
recuperación o resucitación de tal fallo; entonces se debe plantear la valoración de
las pruebas neurológicas clínicas o paraclínicas que determinen si la muerte se ha
producido o no.
Los requisitos previos para la aplicación de los criterios neurológicos de muerte son:
1.- Exclusión de
intoxicación exógena o endógena potencialmente curable.
2.- Ausencia de hipotermia.
3.- Ausencia de shock cardiovascular.
4.- Exclusion en razón de la edad.
El cerebro de los
niños (peso corporal inferior a 30 kg.) resiste el fallo funcional durante más tiempo
que el del adulto. Por tanto, los criterios neurológicos de muerte pierden consistencia o
inmediatez en casos de niños menores de 5 años.
Sólo se puede considerar el diagnóstico de muerte por fallo cerebral completo e
irreversible como resultado de un intento de reanimación o resucitación. Por tanto. la
persona que ha muerto o está en trance de morir, ha de encontrarse conectada a un
respirador mientras se contempla el diagnóstico de vida o muerte.
Las causas más frecuentes de fallo cerebral que, a pesar de los intentos de
resucitación, pueden conducir a la muerte son enfermedades cerebrovasculares,
traumatismos encefalocraneanos, procesos expansivos intracraneales y paro cardíaco y
respiratorio responsables de anoxia cerebral. También las intoxicaciones endógenas y
exogénas y las infecciones del sistema nervioso central pueden llevar a un enfermo a
requerir la reanimación dentro de la cual sobrevenga la muerte. Se debe seguir un
protocolo cada vez que se realiza el examen neurológico. El siguiente corresponde al
Protocolo elaborado en 1982 por la Sociedad Española de Neurología y que actualmente
tiene vigencia:
A.- Nombre de la persona explorada:
Edad
Fecha de exploración
Hora de exploración
Médico examinador
Diagnóstico fundamental
y positivo del fallo cerebral.
Bases objetivas del diagnóstico
(Historia clínica o pruebas paraclínicas).
(En ausencia de un diagnóstico positivo no ha de proseguirse con el protocolo).
B.- ¿Está la persona en respiración controlada? (En caso negativo no proseguir
en el intento diagnóstico de vida o muerte).
¿Cuál es la temperatura corporal en el momento de la exploración? (Si es inferior a 33
grados centígrados no proseguir en el intento diagnóstico de vida o muerte).
¿Está la persona en shock profundo cardiovascular con tensión arterial no superior a
80/40? (Si la respuesta es afirmativa no proseguir en el intento diagnóstico de vida o
muerte).
C.- Cumplidas las condiciones de los apartados A y B, se procede a constatar los
criterion basados en el examen clínico neurológico demostrativo de ausencia de funcion
cerebral de cualquier tipo:
1. ¿Existe coma, aconsciencia demostrada
por falta absoluta de reactividad conductual, motora, refleja o vegetativa a estímulos
nociceptivos? (excluir estados de desaferentizacion, curarizacion, etc).
2. ¿Existe hipotonía muscular generalizada de cabeza, tronco y extremidades?.
3. ¿Estan las pupilas dilatadas con al menos 3 mm de diámetro, y totalmente
arrefléxicas? (excluir enfermedad pupilar preexistente.)
4. ¿Están abolidos todos los reflejos integrados en el tronco cerebral (corneal;
audio-ocular, labial, maseterino, nauseoso, tusígeno-estímulo traqueal, deglutorio).
5. ¿Están abolidas las reacciones óculocefálicas tras movimientos bruscos de
lateralización y flexo-extensión de la cabeza?.
6. ¿Existe ausencia de toda respuesta ocular a la estimulación vestibular con 50 cc. de
aqua helada debidamente aplicada en ambos conductos auditivos externos? (excluir
enfermedad otológica laberíntica previa).
7. Si las respuestas a los puntos 1 a 6 son inequívocamente afirmativas, puede procederse
a comprobar la existencia de apnea. Para ello se ha de hacer respirar a la persona que se
está examinando con oxígeno puro, al 100 por ciento, durante 20 minutos. Al cabo de este
tiempo simultáneamente se desconecta el respirador y se aplica un catéter con 02
endotraqueal que administre 6 litros por minuto. Se observa durante 10 minutos. ¿Existe
apnea absoluta durante todo este tiempo de observación? (excluir apnea posthiperven
tilación).
8. ¿No se modifica la frecuencia cardíaca tras un bolo intravenoso de 2 mg de atropina?
Si se cumplen los criterios 1 al 8, puede firmarse el certificado de defunción.
9. La aparicion de hipotermia, colapso cardiocirculatorio, diabetes insípida o trastornos
electrocardiográficos no son criterios diagnósticos a tener en cuenta.
La temperatura corporal y la circulación sistémica pueden mantenerse normales durante
horas después de haber ocurrido la muerte.
10. Verificada la muerte pueden existir reflejos de automatismo medular que varíen desde
una simple flexión plantar lenta de los dedos del pie tras la estimulación nociceptiva
hasta complejas respuestas masivas. Su aparición va ligada a la etiopatogenia de la
muerte por la afectacion bulbomedular o modular en cada caso. lgualmente guarda relación
con el tiempo en que se mantengan artificialmente las funciones
cardiorrespiratorias.
11. La asistolia, paro cardíaco, se produce en horas o días (máximo 9 días) pese a
todo intento de mantenimiento artificial de la función circulatoria.
12. Se puede recurrir a pruebas confirmatorias, como el silencio eléctrico cerebral del
electroencefalograma (EEG), el trazado nulo o isoelectrico. Otras pruebas confirmatorias
(angiografía flujo sanguíneo cerebral, potenciales evocados, etc.) no aportan datos más
precisos y operativos en el diagnóstico neurológico de la muerte.
Caso de que los hallazgos exploratorios
definidos en los puntos 1-8 y 12 sean incuestionablemente positivos, se han de recoger en
un debido escrito y firmar por los tres médicos que llevaron a cabo la exploración.
Pasadas las 6 horas, se ha de repetir el examen clínico neurológico y el registro
electroencefalográfico. Se dejará constancia escrita y firmada de la persistencia y
concurrencia de los criterios neurológicos de muerte.
El criterio del factor tiempo en el diagnóstico neurológico de la muerte:
hay diferencias entre los diversos códigos existentes de diagnóstico neurológico de
la muerte con respecto a cuándo los criterios han de ser estimados y en cuándo tiempo
han de cumplirse o corroborarse. El período de seis horas es el más generalizado en
todos los países que gozan con una Legislación clara de este tema.
Discusión de los criterios de diagnóstico neurológico de la muerte:
Las descripciones originales de la mal llamada «muerte cerebral» produjeron, como se ha
comentado, una verdadera conmoción en el mundo médico y no médico, en los que tardo
varios años en aceptar que el fallo cerebral total e irreversible, adecuadamente
diagnósticado, es sinónimo de muerte del individuo. Incluso hoy, a pesar de las
evidencias acumuladas, la legislación de algunos países no acepta el certificado de
defunción basado en el diagnóstico neurológico de la muerte. Hay que tener en cuenta
que la definición de la muerte en sentido genérico y abstracto, o de cuándo una persona
humana deja de serlo, o de cuánto cerebro debe destruirse para que una persona pierda su
condición específicamente humana, requiere abordajes metodológicos distintos. EI
diagnóstico neurológico de la muerte no pretende determinar en qué momento esta se
está produciendo, ni tampoco definir en que consiste el proceso que está teniendo lugar.
El diagnóstico neurológico de la muerte unicamente permite afirmar si una persona ha
muerto o no. Por ello, desde el punto de vista médico es suficiente el método empírico
de la correlación anátomo-clínica y clínico-evolutiva que permite afirmar y determinar
por criterios clínicos cuándo se ha producido de forma irreversible la destrucción de
la porción crítica del cerebro que es incompatible con la vida.
Inicialmente el concepto de «muerte
cerebral» no hizo distinciones ni énfasis sobre que parte del cerebro era verdaderamente
esencial para marcar el punto de no retorno en el proceso hacia el paro cardíaco
irremediable y el cese funcional de todos los demás órganos. De alli que el término
«total» aplicado a la lesión del sistema nervioso en las primeras definiciones tenía
un carácter de extensión máxima. Así por ejemplo, se exigía la arreflexia total
(criterios de Harvard), cuando poco después se tuvieron evidencias de que los reflejos
espinales podrán persistir. Esta circunstancia se tuvo en cuenta en la redacción de
otros protocolos y se empezó a hablar de la lesión del sistema nervioso por encima del
« agujero occipital».
Años después ya se, hizo evidente que el concepto de lesión total del cerebro para un
diagnóstico empíco operativo de la muerte no implicaba necesariamente una lesión de
todas y cada una de las neuronas del cerebro, sino sólo del desenlace fatal inevitable.
Esto fue perfectamente expresado por Mohandas y Chou en 1971: «Lo que estamos intentando
definir más allá de toda duda razonable es el estado de lesión irreversible del tronco
cerebral; este es el punto de no retorno». Este punto de vista fue aceptado por la
Conferencia del Royal College Británico en 1976 y ha sido ampliamente expuesto y
argumentado por Pallis (20).
Hoy sigue vigente en los países de
influencia británica, no ha sido invalidado por nadie y se ha ido extendiendo a Europa y
los Estados Unidos. Este es actualmente uno de los principales puntos de controversia y
tiene origen en la confusión semántica a que da lugar la utilización del termino
anglosajón de «brain death». Los británicos, frente a los norteamericanos, definieron
la muerte cerebral (Brain death) en términos de muerte del tronco cerebral (brain stem
death). Posteriormente, igualaron el concepto de muerte del tronco cerebral con el de
muerte de la persona, en razón de facilitar la donación para el transplante de órganos.
Lang y Shewmon (14, 23) defienden que no puede declararse la muerte de una persona
mientras no se haya confirmado el cese funcional irreversible de la totalidad del
encéfalo, cerebro y tronco cerebral; desde este punto de vista, afirman que en el enfermo
con lesión irreversible del tronco cerebral, pero con actividad cortical residual
demostrada en el EEG, estaría justificado retirar las medidas de reanimación, pero la
extracción de órganos impares supondría una verdadera práctica homicida de
eutanasia. Grigg (10) asevera que una actividad eléctrica
residual que se origina en una corteza desaferentizada, no puede considerarse como vida
cerebral».
La preservación de ciertos acúmulos neurales, corticales o subcorticales, con eventual
traducción bioeléctrica, no puede sustentar el concepto de vida personal y, por tanto.
contradecir el de muerte de la persona. En la amplia revisión realizada por Plum y Posner
(21)
sobre 877 pacientes que cumplían los criterios clínicos de muerte cerebral, ninguno de
ellos sobrevivió, a pesar de que en 43 se registro actividad residual en el EEG. Por otro
lado, siguiendo el camino contrario, Jennet (21) estudia 1.939 pacientes en coma,
demostrando qlue de los 1.0003 que sobrevivieron ninguno había satisfecho en momento
alguno los criterios estrictamente clínicos de muerte cerebral. Los mismos resultados
fueron obtenidos por Levy (15) sobre una serie de 500 pacientes, de los que 121
sobrevivieron. Unicamente se ha publicado un caso en el que un enfermo que cumplía los
criterios clínicos de muerte cerebral y que se presentaba un EEG isoeléctrico, se
recuperó posteriormente, sin embargo, la prueba crucial de si existía o no apnea, se
había realizado incorrectamente.
Quedó establecido que la parte esencial del cerebro que debe estar totalmente lesionada
para poder sentar el diagnóstico neurológico de la muerte es el tronco cerebral y que
tanto el coma (aconsciencia) como el cese funcional cortical son secundarios a la
anulación del tronco cerebral. La consecuencia lógica que se deduce es que las pruebas
diagnósticas destinadas a con 11 actividad electroencefalográfica, fallece siempre, y
pronto, por asistolia. La aparición de actividad eléctrica cerebral después de
producirse la «muerte cerebral» ha sido descrita en numerosas ocasiones y se ha
establecido, mediante estudios con registro de EEG continuado que la apnea de muerte
precede en la mayoría de los casos al silencio eléctrico. Puede decirse entonces que la
presencia de actividades eléctricas residuales no contradicen el diagnóstico clínico
neurológico de muerte.
Papel de los Potenciales Evocadon del Tronco (PET) en el diagnóstico neurológico de
la muerte: como se ha repetido varias veces, la porción esencial del encéfalo cuya
lesión irreversible conlleva la muerte del individuo es el tronco cerebral, se podría
argumentar que los potenciales evocados auditivos y somestésicos del tronco (PEAT y PEST)
serían útiles como prueba confirmatoria de los criterios clínicos. Fue Jouvet (12) en
1959 el primero en estudiar las respuestas sensoriales en pacientes en coma, incluido el
coma dépasse. Desde entonces muchos autores han puesto gran atención en este tipo de
respuestas en pacientes con alteración del nivel de consciencia y en la determinación de
«muerte cerebral». La experiencia acumulada hasta ahora, permite afirmar que, si bien
los PEAT y PEST son útiles en el estudio de la fisiopatología de los estados de coma y
en el diagnóstico de las lesiones del tronco cerebral, no son superiores, ni más
objetivos, ni reemplazan a los criterios clínicos en el diagnóstico de la muerte.
Consideraciones Eticas. Decisiones ante la vida y la muerte.
Actualmente continúa la polémica en torno a los criterios exactos para el diagnóstico
de la muerte; la discusión se centra especialmente en la actitud a seguir en el caso de
los niños. Se han publicado recientemente tres protocolos que se diferencian
fundamentalmente en lo que se refiere al tiempo necesario de observación para determinar
la irreversibilidad del proceso y, también, en la necesidad de aplicar o no los tests de
confirmación.
El comité « Ad Hoc» del Boston Children's Hospital recomienda el uso del EEG, la
angiografía o los potenciales evocados en los casos de cada duda. Para Ashwall y
Schneider (5) se requiere la confirmación electroencelalográfica en niños menores de 2
meses, y, en los menores de 2 años el EEG debe repetirse a las 24 horas.
Las conclusiones de la Academia Americana de Pediatría afirman que los criterios
clínicos no son útiles en los siete primeros días de vida. Sí lo son más tarde si
están apoyados por un EEG practicado a las 48 horas, en los menores de 2 meses, o a las
24 horas cuando la edad está entre los dos meses y el año.
Freeman y Ferry (9) han revisado el tema en un editorial reciente. Según ellos no existe
jusficación para aceptar los tiempos y pruebas de confirmación que se han sugerido y el
diagnóstico de la «muerte cerebral pediátrica» debería ser fundamentalmente clínico.
Alvarez (3) ha estudiado el papel del EEG en niños menores de cinco años; afirma que los
criterios clínicos utilizados para los adultos pueden aplicarse en niños mayores de tres
meses y no es necesario repetir el EEG una vez que se ha demostrado el silencio eléctrico
cerebral. Sin embargo, por debajo de los tres meses de edad debe actuarse con mayor
cautela, especial mente en la primera semana de vida, en la que, hasta el momento, no
existen criterios claros, para la determinación de la «muerte cerebral».
En lo que se refiere a los adultos, el protocolo publicado recientemente por el Comité
del Congreso Canadiense sobre Muerte Cerebral (6) viene a confirmar la postura que se ha
defendido en este trabajo; según el citado protocolo, los criterios clínicos son
suficientes cuando se aplican adecuadamente por médicos calificados. Por lo cual, las
técnicas de confirmación electro-fisiológicas o angiográficas no son necesarias.
La interrupción de las técnicas de reanimación y mantenimiento cardiorrespiratorio en
la práctica clínica diaria ha obligado a médicos, legisladores, filósofos y teológos
a enfrentarse a la nueva situación de la muerte de la persona humana cuando todavía
persisten sus funciones homeostáticas básicas: la respiración y la circulación. Más
aún, la sociedad entera se enfrenta al vital dilema de cuando interrumpir ciertas medidas
terapéuticas o de como asegurar que una persona esta realmente muerta antes de la
extracción de sus órganos para transplante. La respuesta a estas preguntas solo puede
venir de la convicción de que el diagnóstico de la muerte por criterios neurológicos,
utilizando la terminología acertadamente propuesta por Shewmon, es cierto, inequívoco y
fácilmente verificable por cualquier médico experimentado.
La sociedad está hoy preparada para aceptar desde cualquier punto de vista filosófico, o
desde cualquiera de las principales tradiciones religiosas que la destrucción
irreversible del cerebro supone la muerte de la persona. No porque en él residan las
cualidades más específicas e indistinguiblemente humanas, sino porque el funcionamiento
del organismo como un todo y lo hace capaz de sustentar la vida humana, sea cual sea la concepción
filosófica o teológica de la rnisma. Tanto la Iglesia católica, como la protestante,
como la tradición Judia Ortodoxa reconocen la muerte del cerebro como la muerte de la
persona. Como afirmó el Papa Juan Pablo 11 (13) en su alocución al Congreso de la
Academia Pontificia de Ciencias, en 1989 « no es fácil llegar a una definición de la
muerte comprendida y aceptada por todas» y « en modo alguno el cuerpo humano puede ser
tratado como algo de lo que se dispone a capricho; los científicos, los analistas y los
eruditos deben continuar sus investigaciones a fin de determinar lo más exactamente
posible el momento exacto y la señal irrecusable de la muerte». Precisamente, la
aplicación de los criterios neurológicos permite establecer cuando una persona ha
muerto, sin tratar de definir una nueva concepción de la muerte. La constatación del
cese funcional irreversible del tronco cerebral permite asentar cuando el organismo ha
dejado de funcionar como un todo y, por tanto, es incapaz de sustentar la vida humana como
tal, llámese a esta unión de alma y el cuerpo, principio vital principio organizador de
las interacciones de los átomos entre si.
No debemos caer en la tesis planteada por Shewmon, que defiende la existencia de vida
humana mientras persisten la inteligencia y la voluntad, supuestamente albergadas en
reducidas áreas corticales de asociación terciaria.
Según esta concepción, se consideraría muerta a la persona en la que de dichas áreas
estuvieran lesionadas, como ocurre en los pacientes con enfermedades de Alzheimer, en los
anencefálicos o en los estados vegetativos. Tampoco sería ético secundar el fanatismo
que pretende mantener a toda costa el latido del músculo cardíaco consiguiendo como
único efecto el conservar la temperatura del cadáver. Por otro lado, la confirmación de
la muerte de todas y cada una de las células cerebrales es clínicamente irrealizable, y
caso de defenderse esta postura, entonces porque no exigir también la muerte de todas las
células del organismo.
La aplicación estricta y meticulosa de los criterios neurológicos clínicos permite
establecer de modo inequívoco y seguro la destrucción irreversible del tronco cerebral y
la muerte de la persona.
Las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de los modernos hospitales han salvado vidas en
proporciones y dimensiones que hace no más tres décadas médico alguno pudiera soñar.
Sostener una vida humana cuando hay un hábito de esperanza es una tarea que cumplen
admirablemente médicos y enfermeras intensivistas. Pero al propio tiempo ante cada
enfermo críticamente emplazado entre la vida y la muerte se ven comprometidos con valores
morales inimaginables para los familiares del paciente y para la opinión pública.
Iniciar unos cuidados intensivos básicos o avanzados porque existe una esperanza real de
culminar una reanimación no ofrece problemas.
Pero retirar tales cuidados porque ya el enfermo esta desahuciado es una tarea ardua
moral, legal y humanamente. Las órdenes de «no resucitar» en caso de complicación
mortal generan graves e inquietantes problemas entre todas las personas que cuidan a un
enfermo en la UCI.
Las situaciones de muerte conducen a situaciones de alto dramatismo. Por definición, la
persona que muere realmente por fallo cerebral irreversible y total pero conserva una vida
aparentemente por mantenimiento artificial de sus funciones respiratorias y circulatorias,
esta en una cama de la UCI ¿Qué se ha de hacer cuando ya se ha constatado su muerte?. No
se debe tener duda alguna que la persona está real y completamente muerta. Hay muerte o
no la hay, aunque esté muy próxima. La clínica es la práctica y no la teoría de la
medicina.
Lo más importante es iniciar cuanto antes una adecuada relación médico-familia. Ir
dando la cuota de verdad que los familiares puedan asumir. No dar jamás falsas esperanzas
por piadosas que parezcan.
Insinuar la posibilidad de una donación de órganos si concurren las circunstancias
debidas y los familiares son receptivos a la idea. Prever la desconección del respirador
teniendo en cuenta todos los sentimientos, razonamientos y circunstancias que cualquier
familiar aduzca. Ser exquisitos y delicados en no herir mas la pena de los familiares.
Actuar con tanto y prudencia. Asumir como médicos el doloroso protagonismo que la escena
exige. No descargar en la enfermera ni la relación con la familia ni el doloroso gesto de
la desconección del respirador, preludio, en más o menos minutos, de la asistolia.
El médico debe comportarse como uno quisiera que se condujesen consigo mismo en caso de
ser uno mismo el fallecido. No aferrarse a que este paro cardíaco ocurra por vía natural
mientras el respirador se mantiene artificialmente.
Reflexionar que tan artificial fue la conexión al respirador como lo es su desconección.
Involucrarse emocional y racionalmente en el drama humano.
Guiarse por una consciencia recta y formada, moral y profesionalmente. Ganar experiencia,
enseñar a los más jovenes. Aprender cada día lo que ha de ser uso pero también puede
ser abuso de una UCI.
DISCUSIÓN
Definido el concepto de esta nueva forma de morir «con el corazón latiendo», y a
pesar de la amplia experiencia acumulada desde las primeras descripciones de coma dépasse
de Mollaret y Goulon (1), sabemos que todavía persisten ciertas discrepancias en torno al
tema de la «muerte cerebral». Logicamente resulta difícil, tanto para el médico como
para los familiares y la opinión pública en general, la aceptación de la muerte de un
individuo que presenta signos « tan virales» como el latido cardíaco, la respiración,
la coloración o la temperatura corporal. Además, la polémica ha sido impulsada en alto
grado por toda la temática del transplante de órganos. Se hace necesario legislar con
criterios diagnósticos claros y precisos la tome de decisiones respecto a la
interrupción o cambio de sentido de las técnicas de reanimación cardiorrespiratoria en
personas muertas conforme a criterios neurológicos y por otro lado, definir el momento en
que pudiera realizarse sin riesgo moral o legal la extracción de órganos impares,
especialmente el corazón, para ser transplantados. Hoy día puede decirse que el
diagnóstico de la muerte por cese total e irreversible de las funciones del cerebro y el
tronco cerebral es simple, inequívoco, cierto y verificable por cualquier médico
experimentado.
Nosotros en el Perú, a poco menos de dos años de culminar el presente milenio, no
contamos con una adecuada legislación sobre muerte cerebral. En la mayoría de hospitales
del país observamos casi diariamente como hacemos frente a un paro cardiorrespiratorio,
luego conectamos al paciente a un respirador mecánico y muchas veces, después de
realizar las pruebas clínicas que nos indican que estamos frente a un caso de muerte
cerebral, sólo nos queda esperar horas o generalmente días hasta que se produzca el cese
definitivo de las funciones cardiorrespiratorias, para poder declarar la muerte de la
persona y recién extender el respectivo certificado de defunción. Esto representa el
desembolso diario de grandes cantidades de dinero por parte de la familia (hospitales del
Ministerio de Salud) o por parte del Estado (hospitales del IPSS o de las Fuerzas Armadas
o Policiales). En un país tan pobre como el nuestro, deberíamos ahorrar todo ese dinero
invertido por demás, muchas veces dando vida artificial a un cadáver, para asignarlo en
otros rubros de real beneficio para los pacientes. Para ello tenemos que empezar con un
anteproyecto de "Diagnóstico neurológico de la muerte cerebral" presentado en
la Subcomisión de Salud del Congreso de la República, para que sean ellos quienes
definan, con los asesores del caso (Colegio Médico del Perú, Sociedad Peruana de
Neurología, Sociedad Peruana de Neurocirugía), si sería suficiente con una discusión
directa y preliminar en dicha Subcomisión o con el nombramiento de un Comité Ad Hoc.
No deberíamos usar el término de muerte cerebral, puesto que ello puede inducir a pensar
que cabe distinguir también muerte cardíaca, muerte pulmonar, etc. La muerte no puede
conllevar adjetivos. Una persona esta viva o muerta. El paso de un estado al otro es un
proceso mas o menos rápido, no se produce en un instante.
Sostenemos que el diagnóstico neurológico de la muerte, solo debería realizarse con
criterios clínicos, por un médico experimentado, para evitar caer el uso y abuso del
EEG, que como ha quedado demostrado no puede haber diagnóstico de la muerte cerebral.
Actualmente rige así en la Legislación del Reino Unido y en la Legislación Canadiense.
No se debe confundir el valor diagnóstico con el valor pronostico del no se debe
confundir el valor diagnóstico con el valor pronóstico del silencio eléctrico cerebral:
El silencio eléctrico cerebral recogido en las condiciones apropiadas, tiene un gran
valor predictivo de la evaluación de la situación clínica. Así, por ejemplo, en el
estudio cooperativo americano, ningún enfermo de los 503 estudiados con lesión
estructural cerebral, sobrevivió después de un trazado EEG nulo de 30 minutos de
duración. De 1.665 enfermos con EEG nulo, sólo sobrevivieron tres, y los tres eran comas
tóxicos. El EEG, como otras pruebas instrumentales, tiene por tanto su valor en el
estudio de los enfermos, a veces en el estudio de la etiología y, desde luego puede
ayudar a predecir la evolución. Pero erigir el EEG en criterio supremo del diagnóstico
de muerte, puede conducir, como se ha visto, a auténticas prácticas ni éticas ni
deontológicas. Y viceversa, puede sustentar conductas terapéuticas superfluas,
caprichosas e injustificadas ética y deontológicamente.
El EEG nulo no es una prueba más objetiva quo las maniobras clínicas: Nunca ha pasado
por la imaginación de los legisladores el exigir un electrocardiograma para objetivar el
paro cardiaco. Sin embargo, tal proceder, tendría mas sentido que exigir un EEG para el
diagnóstico neurológico de la muerte. El diagnóstico de la muerte por paro cardíaco se
basa en una sola comprobación clínica (la ausencia de latidos o ruidos cardíacos) que
adquiere una categoría de prueba única y absoluta, mientras que el diagnóstico clínico
neurológico de la muerte se basa en una serie reglada y sistemática de maniobras. Tales
maniobras tratan de poner a prueba de
manera exhaustiva la reactividad refleja del tronco cerebral. Todas ellas y especial mente
la comprobación de la apnea irreversible son absolutamente ostensibles, definitivas y
objetivas cuando se realizan bajo la observación de médicos experimentados y cuando
exige el cumplimiento riguroso y total del proceso diagnóstico. No debería existir la
mas mínima duda ni por el gran público, ni para los legisladores o los médicos forenses
acerca de la fiabilidad de las pruebas clínicas neurológicas del diagnóstico de la
muerte, si se lleva a cabo la necesaria acción divulgativa y educadora. Son muchos los
argumentos de orden técnico, fisiológico, clínico y cultural que pueden ser aducidos
para tomar en consideración la no necesidad del registro del EEG en el diagnóstico
neurológico de la muerte. Como se ha descrito anteriormente, los errores que pueden
cometerse cuando el diagnóstico se basa en el electroencefalograma pueden ser diversos y
graves. Sin embargo, tales situaciones anómalas, la del cadáver con actividad eléctrica
cerebral o la de aquel sujeto que estando vivo presenta un EEG plano, se evitan cuando se
siguen concienzudamente los criterios clínicos y de conclusión que ya han sido
debidamente protocolizados.
Por otro lado, si la parte crítica del cerebro para mantener su función integradora es
el tronco cerebral, el EEG, que solo muestra la actividad eléctrica cortical,
probablemente generada en centros subcorticales, poco puede decir del funcionamiento del
tronco. Este, por el contrario, si que puede determinarse de forma clara inequívoca
mediante las correspondientes pruebas clínicas.
Las actividades eléctricas residuales en el EEG no anulan el diagnóstico clínico
neurológico de muerte : Son numerosos los trabajos que refieren la aparición de
actividad eléctrica cerebral en sujetos que cumplen los criterios neurólogicos de
muerte. Ashwall y Scheneider (5) las habían demostrado en niños. En la serie de Plum y
Posner (21), de 449 enfermos en coma apneico con todos los criterios clínicos de muerte,
27 presentaban durante algún tiempo diversas actividades elétricas en el EEG. Grigg (10)
encuentra tres patrones EEG distintos en su serie de 56 pacientes con el diagnóstico
clínico de muerte, 9 presentaban actividad theta o beta do bajo voltaje; 2 representaron
actividad similar a la del sueño; y en uno de ellos el EEG mostró actividad alfa omega
arreactiva y de predominio anterior. Independientemente de que presentaran actividad en el
EEG o no, ninguno de los 56 pacientes se recuperó ni sobrevivió. Grigg ha atribuído las
actividades residuales en el EEG a islotes neuronales corticales que han sido
reperfundidos por circulación cortical colateral y les permite mantenerse viables durante
un tiempo. Ambos autores concluyen que no hay que invalidar el concepto de «muerte
cerebral), por estas actividades residuales en el EEG cuyo valor como test confirmatorio
de muerte debe ser, por tanto, cuestionado. Estas observaciones refuerzan la idea de que
las maniobras clínicas exploratorias de la función del tronco cerebral pueden demostrar
la muerte del individuo antes de que haya ocurrido la muerte de cada una de las neuronas
en el interior del cerebro. La muerte do una persona no puede definirse como la muerte de
todos sus células, neuronalos o no. De todas es conocido el hecho de que en el cadáver
crece la barba y aún en las uñas.
El silencio eléctrico cerebral no debe ser una criterio esencial para el diagnóstico de
la muerte: ya en 1969, un año después de publicarse los criterios de Harvard, en los que
se mencionaba el valor confirmatorio del EEG, los integrantes de tal Comité eran
unánimes al afirmar que esta exploración no era esencial para el diagnóstico de la
muerte. La misma opinión ha sido expresada por numerosos autores. A pesar de la opinión
popular de que el EEG plano es un indicador objetivo de la muerte, hay una clara tendencia
en los hospitales británicos y americanos hacia el abandono de su empleo como test
diagnóstico. Y esta tendencia se explica fundamentalmente por la experiencia clínica que
ha puesto de manifiesto la gran cantidad de problemas prácticos que con lleva una actitud
tan reduccionista como la de tratar de identificar la vida con la electricidad. El
problema fundamental reside en la aparición de numerosos falsos positivos y falsos
negativos. Como ya se ha mencionado, no sólo se han descrito casos de actividad residual
eléctrica en pacientes diagnosticados de muerte, sino que también son numerosas las
referencias de enfermos con EEG isoeléctrico que han sobrevivido a procesos de anoxia
cerebral, traumatismos, meningitis estreptocócicas o encefalitis por herpes simple. Esta
trágica posibilidad de un falso positivo ya había sido puesta de manifiesto en 1976 en
el estudio de Powner sobre los fármacos que incluso a ni-veles bajos, podían dar lugar a
períodos de «ausencia» de actividad eléctrica en el EEG. Agich (2) ha llegado a
afirmar que incluso en ausencia de estas complicadas circunstancias, no existen evidencias
suficientes para afirmar que los trazados isoeléctricos sean una indicación segura de
muerte cerebral. Por otro lado, la supresión del silencio eléctrico cerebral como
criterio diagnóstico se fundamenta también en la convicción de que es el tronco
cerebral la parte esencial cuya destrucción es incompatible con la vida. El EEG no ofrece
ayuda alguna en el estudio funcional del tronco encefálico. Si bien los signos clínicos
demostrativos de la ausencia de los reflejos del tronco carecen por completo de ambiguedad
para el médico experimentado, no puede decirse lo mismo en el caso del registro
electroencefalográfico. El ambiente de las unidades de cuidados intensivos no es el
adecuado para su obtención: «Las señales cerebrales registradas con ganancias altas han
de competir con aquellas generadas por el respirador, la máquina de diálisis, el latido
cardíaco, el electrocardiograma, el personal que entra en la sala e incluso por el
personal que lleva ropa interior de nylon» . No existe una técnica de medida
estandarizada para conseguir un trazado verdaderamente plano. Es más, se tienen dudas
sobre si la obtención de tal registro es técnicamente posible. La supresión, dentro de
un protocolo diagnóstico de muerte, del « electroencefalograma plano» puede producir
sorpresa en el personal mal informado, médico y no médico. Sin embargo, esta sensación
de inseguridad inicial, probablemente no es distinta de la que se produjo cuando se
admitió que en el cadáver podían estar presentes los reflejos espinales. El shock
emocional puede ser fuerte cuando se observa que un enfermo que ha sido declarado muerto
por lo especialistas flexiona las piernas ante un estímulo. Lo mismo ocurre en el caso
del electroencefalograma.
La experiencia acumulada en mas de 27 años permite definir, empíricamente, pero con
absoluta certeza, a una persona como muerta cuando su tronco cerebral esta total e
irreversiblemente lesionado, independientemente de que la médula espinal conserve
todavía alguna actividad refleja o del estado del EEG que puede ser nulo o registrar
alguna actividad eléctrica residual. La ley británica no la requiere y es un criterio
optativo en los Estados Unidos. Tampoco tiene más valor en el diagnóstico neurológico
de la muerte, los Potenciales Evocados del Tronco (PET), que un auténtico y bien
realizado examen clínico neurológico. Mauguiére (17) describió los resultados de 80
pacientes en coma. El comprobó que, cuando los reflejos del tronco están abolidos, en
ningún caso se obtiene el componente parietal N20 de los potenciales somatosensoriales,
aunque persiste la onda N 14. López Pajares (16) tras estudiar los potenciales evocados
de 14 pacientes en situación de muerte, llega a la conclusión de que
el cese de las funciones encefálicas y de su irreversibilidad se puede hacer por medios
clínicos» y dan a los potenciales evocados un valor estrictamente legal.
Así pues, dado que nunca ha habido discrepancia entre los hallazgos clínicos y los de
los potenciales evocados, es decir, que nadie ha demostrado que un paciente con lesión
irreversible del tronco cerebral que cumpla los criterios de muerte haya presentado PET
normales y se haya recuperado, la conclusión lógica es la de no proponerlos como una
prueba necesaria para el diagnóstico de muerte. El registro eléctrico y la gráfica
correspondiente, no pueden ser una prueba mas objetiva que los hallazgos de ocho reflejos
del tronco explorados sistemáticamente por médicos experimentados. Probablemente, la
introducción de los PET como criterio de confirmación complicaría innecesariamente el
diagnóstico de muerte. Anziska y Cracco (4) han expresado este punto de vista: Dado que
la muerte cerebral es un concepto en evolución puede esperarse que los estudios de
potenciales evocados proporcionen información acerca de la integridad relativa de ciertas
vías aferentes subcorticales en estos enfermos. Sin embargo, puesto que no hay ninguna
prueba que sugiera que un enfermo que cumpla todos los criterios para el diagnóstico de
muerte pueda tener ninguna recuperación funcional, no hay razón para registrar de rutina
los potenciales evocados».
Un cambio radical en los conceptos actuales del diagnóstico neurológico de la muerte
dependería de unas posibilidades terapéuticas nuevas para la recuperación de la
función neuronal perdida, y no de progresos en el refinamiento tecnológico del
diagnóstico que permiten explorar grupos neuronales que hasta ahora no eran accesibles a
la clínica y que son muy útiles para el estudio de los enfermos neurológicos, pero que
no modifican la definición neurológica de la muerte en su diagnóstico. Las nuevas
técnicas se pueden aplicar antes de que la muerte haya ocurrido y, quizás, ayuden a
comprender mejor y a prevenir el deterioro final del tronco cerebral. Pero en el momento
en que la muerte ya se ha producido ya no superan a las pruebas clínicas.
En nuestro país, sería mejor utilizar los enormes gastos que generarían un caprichoso
EEG seriado o estudio con PET; en recursos diagnósticos para estudiar a los pacientes
vivos que a los sujetos muertos.
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referencia bibliográfica
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